Este es el contenido dado en el borrador del decreto que delimina la autoridad del campo interior cuando la organizacion del gobierno local es de dos niveles. El borrador esta presidido por el Ministerio del Interior, esta siendo evaluado por el Ministerio de Justicia.
En el borrador del decreto, el Ministerio del Interior declaro claramente el principio de delimitacion de la autoridad, comprendiendo a fondo la direccion del comite directivo, redactando la autoridad en la direccion de:
El nivel de comuna implementa principalmente politicas de los niveles centrales y provinciales para promulgar, centrandose en las tareas para servir a las personas, resolver directamente los problemas de la comunidad, proporcionar servicios publicos basicos y esenciales para las personas en el area.
Las nuevas autoridades comunales realizan las tareas y poderes de las autoridades locales y los deberes y poderes de las autoridades de distrito actuales.
El gobierno local provincial administrara, inspeccionara y supervisara las actividades de las autoridades locales.
En particular, el Ministerio del Interior propuso la autoridad para resolver los procedimientos en el Fondo.
En consecuencia, el Presidente del Comite Popular tiene la autoridad de emitir una licencia para establecer y reconocer la Carta; Permitir consolidacion, fusion, division, separacion, disolucion, cambio de nombre; suspension del termino operativo;
Permita que el Fondo funcione nuevamente despues de ser suspendido por un periodo; expandir el alcance de las actividades del fondo; reconocer el fondo elegible para la operacion; reconocimiento de miembros del Consejo de Gestion de Fondos;
Re -sisance del permiso de establecimiento; reconocimiento de enmiendas y suplementos; revocar la licencia de establecimiento para el fondo que opera dentro del nivel de comuna; A menos que el Fondo tenga organizaciones extranjeras o individuos que contribuyan a los activos establecidos de acuerdo con la Clausula 3, Articulo 18 del Decreto 93/2019/ND-CP del 25 de noviembre de 2019 del Gobierno de Organizacion y Operacion del Fondo Social y el Fondo de Caridad (modificado y complementado por Decreto No. 136/2024/ND-CP del 23 de octubre de 2024).