El gobierno acaba de emitir el Decreto No. 79/2025/ND-CP que regula el control, revision, sistematizacion y procesamiento de documentos reglamentados por la ley.
El decreto debe establecer claramente el control y el procesamiento de los documentos que garanticen los siguientes principios: Garantizar la integridad, la objetividad, la apertura y la transparencia; la autoridad, el orden y el procedimiento correctos; combinar el control de las autoridades competentes con el autocontrol de las autoridades que emiten los documentos; garantizar la coordinacion entre las autoridades pertinentes.
Asegurar que no se abuse de la inspeccion, el procesamiento de documentos con fines lucrativos, dificultando la actividad de las autoridades, las personas con autoridad para emitir documentos e intervenir en el proceso de procesamiento de documentos ilegalmente.
Asegurar que no se obstaculice, dificultar a las autoridades, a las personas con autoridad de control, a las autoridades de control durante el proceso de verificacion escrita.
Las infracciones en el proceso de realizacion de la inspeccion y el tratamiento de documentos dependen de la naturaleza y el grado de la infraccion que se considere y se traten de acuerdo con las disposiciones de la ley.
El decreto que establece por escrito la propiedad de los objetos de inspeccion incluye:
1. Documentos legales estipulados de la clausula 3 a la clausula 14, Articulo 4 de la ley sobre la promulgacion de documentos legales (LEY); Documentos legales especificados de la clausula 3 a la clausula 14, Articulo 4 de la ley con contenido dentro del alcance de los secretos estatales determinados por la persona competente.
El segundo. Los documentos que contienen indicaciones de reglamentacion legal pero no se emitieron con la autoridad, forma, orden o procedimiento establecidos por la ley, incluidos:
- Textos de la Comision Permanente de Asuntos del Congreso, la Presidencia del Estado, la Presidencia del Comite Central del Frente Patriotico de Vietnam, el Consejo de Jueces Supremo TAND, el Juez Supremo TAND, el Director de la Academia Suprema VKSND, el Auditor General del Estado; el Gobierno, el Primer Ministro; los Ministros, los jefes de organismos a nivel ministerial, los gobiernos locales a nivel provincial, distrital, los gobiernos locales en las unidades de administracion economica especial.
- documentos de la agencia gubernamental; Consejo Popular Popular, Presidente del Consejo Popular, Presidente del Comite Popular en todos los niveles; Presidente del Consejo Popular, Presidente del Comite Popular en unidades administrativas y economicas especiales; Organizaciones pertenecientes a ministerios, agencias de nivel ministerial y agencias adjuntas del gobierno; Agencias especializadas bajo los comites de personas provinciales y de distrito, unidades administrativas especiales - economicas (o equivalentes); autoridades locales.
El tercero. El texto de instruccion de aplicacion es el texto reglamentario de la ley del organismo, cuya competencia se establece en el parrafo 1 del articulo 61 de la Ley.
El decreto establece cinco contenidos de la prueba de escritura:
- La autoridad de emitir el escrito.
- El contenido, la forma del texto.
- Orden, procedimiento de construccion, la emision de un documento.
- La base de la ley, el formato, la tecnica de presentacion.
- Cumplir con las disposiciones de la ley sobre la determinacion de los secretos de Estado y la confidencialidad de los secretos de Estado en los documentos cuyo contenido pertenezca al ambito de los secretos de Estado.