En consecuencia, el decreto 105/2025/ND-CP menciona el nivel de capacitacion y apoyo para personas movilizadas, participantes en combates de incendios, rescate y rescate.
El decreto estipula que las personas no pertenecen a las fuerzas de prevencion, lucha y rescate de incendios cuando se movilizan, cuando participan en la lucha contra incendios, rescate y rescate, tienen derecho a fomentar el dinero de la siguiente manera:
Si el tiempo de lucha contra incendios, rescate y rescate de menos de 2 horas tiene derecho a un fomento minimo de dinero igual a 0.3 dias de salario minimo regional;
Si el tiempo de lucha contra incendios, rescate y rescate de 2 horas a menos de 4 horas tiene derecho a un fomento minimo de 0.45 dias de salario minimo regional;
Si el tiempo de lucha contra incendios, rescate, rescate de 4 horas o mas o incendios, rescate, rescate durante muchos dias, cada 4 horas tiene derecho a un dinero minimo igual a 0.6 dias de salario minimo regional.
Si participa en la lucha contra incendios, rescate y rescate por la noche de 22:00 a 6 a.m. al dia siguiente, se calculara 2 veces de acuerdo con el calculo anterior.
El decreto estipula que cualquier nivel de movilizacion competente pagara directamente el fomento de las personas movilizadas dentro del alcance de la gestion.
En caso de que la persona que participa en la lucha contra incendios, el rescate y el rescate no esta en el caso de la movilizacion, el Comite Popular de la Comunidad paga del presupuesto estatal.
Este decreto entra en vigencia desde 1.7.2025.