El Gobierno acaba de emitir el Decreto 243/2026/ND-CP de 26 de junio de 2026 que modifica y complementa algunos artículos del Decreto No. 57/2025/ND-CP de 3 de marzo de 2025 que regula el mecanismo de compra y venta directa de electricidad entre las unidades de generación de energía renovable y los grandes clientes de electricidad y el Decreto No. 58/2025/ND-CP de 3 de marzo de 2025 que detalla algunos artículos de la Ley de Electricidad sobre el desarrollo de energía renovable y energía eléctrica nueva.
En consecuencia, la energía solar de techo autoproducida y autoconsumida se vende para la producción de electricidad excedente de acuerdo con las regulaciones de este Decreto, que incluye:
- Fuentes de energía solar para tejados autoproducidas y autoconsumidas de hogares que utilizan viviendas unifamiliares;
- Fuentes de energía solar para tejados autoproducidas y autoconsumidas conectadas al sistema eléctrico nacional en niveles de baja tensión;
- Fuentes de energía solar para tejados autoproducidas y autoconsumidas instaladas en zonas montañosas, fronterizas e insulares con red eléctrica pero no conectadas ni vinculadas al sistema eléctrico nacional;
- La energía solar para tejados autoproducida y autoconsumida instalada en la obra es propiedad pública...
La producción de electricidad excedente comprada y vendida entre el comprador de electricidad excedente y el vendedor de electricidad excedente incluye la producción de electricidad excedente de la fuente de energía solar del techo y la producción de electricidad del sistema de almacenamiento de energía cargada de la fuente de energía solar del techo (si la hay).
La producción de electricidad excedente se determina en la salida del convertidor inverso (inverter) y se compra y vende de acuerdo con las siguientes regulaciones:
La producción de electricidad excedente se compra y vende de acuerdo con el acuerdo entre las dos partes, pero no excede el 50% de la producción de electricidad generada en la salida de la fuente de energía solar del techo según la intensidad de la radiación. (Según las regulaciones antiguas en el Decreto 58/2025/ND-CP, esta proporción es del 20%).
Desde la fecha en que este decreto entre en vigor hasta el 31 de diciembre de 2030, las dos partes pueden acordar la compra y venta de la producción de electricidad excedente con una proporción superior al 50% de la producción de electricidad generada en la salida de la fuente de energía solar del techo según la intensidad de la radiación en el caso de que la red eléctrica en el área de conexión garantice la capacidad de recepción, la compra y venta de la producción de electricidad excedente cumpla con las condiciones de operación segura de la red eléctrica y el método de operación del sistema eléctrico de acuerdo con las regulaciones.
Para las zonas montañosas, fronterizas e insulares que aún no se han suministrado electricidad del sistema eléctrico nacional, no se limita la producción de electricidad excedente que se puede comprar y vender. La producción de electricidad excedente que se paga es toda la energía eléctrica generada a la red eléctrica del Comprador de Electricidad excedente que se mide en el medidor. A partir del momento en que esta zona se suministra electricidad del sistema eléctrico nacional, la compra y venta de la producción de electricidad excedente se lleva a cabo de acuerdo con las regulaciones anteriores dependiendo del momento de aplicación.
El Decreto No. 243/2026/ND-CP también establece claramente: El precio de compra y venta de la producción de electricidad excedente es el precio medio de la energía eléctrica del mercado eléctrico en el año inmediatamente anterior anunciado por la unidad operadora de transacciones del mercado eléctrico, calculado en unidades de Dong vietnamita/kWh.
En el caso de que el precio medio de la energía eléctrica del mercado eléctrico del año anterior sea superior al precio máximo del marco de precios de generación de energía del tipo de energía solar terrestre sin baterías de almacenamiento correspondientes según la región de aplicación, el precio de compra y venta de la producción de electricidad excedente se determina por el precio máximo (sin incluir el impuesto al valor agregado) de ese marco de precios de generación de energía.
Las organizaciones e individuos que vendan la producción de electricidad excedente deben llevar a cabo los procedimientos para obtener una licencia de operación eléctrica, excepto en los casos en que estén exentos de la licencia de operación eléctrica de acuerdo con las regulaciones.