La Oficina de Asesoramiento Juridico del periodico Lao Dong respondio:
El parrafo 2 del articulo 6 de la Circular 05/2025/TT-BGDDT del Ministerio de Educacion y Formacion estipula que en los casos en que el periodo de vacaciones de verano y el periodo de vacaciones de maternidad de las maestras tengan periodos coincidentes ademas del periodo de vacaciones segun lo dispuesto en el punto b del articulo 1 el periodo de vacaciones de las maestras incluye:
a) Plazo de licencia de maternidad segun las regulaciones;
b) Horario de vacaciones de verano fuera del periodo de licencia por maternidad (antes o despues del periodo de licencia por maternidad);
c) En el caso de que el periodo de vacaciones de verano estipulado en el punto b de la clausula anterior sea menor que el numero de dias de vacaciones anuales segun lo dispuesto por el Codigo Laboral los profesores tienen derecho a algunos dias de vacaciones adicionales. El numero total de dias de vacaciones adicionales y el numero de dias de vacaciones estipulados en el punto b de la clausula anterior son iguales al numero de dias de vacaciones anuales segun lo dispuesto por el Codigo Laboral. El tiempo de vacaciones adicionales se organiza de forma flexible de acuerdo con el acuerdo entre los profesores y el director.
El punto b del parrafo 1 del articulo 6 de la Circular 05/2025/TT-BGDDT establece: El tiempo de vacaciones festivos y otros dias festivos se ajusta a las disposiciones del Codigo Laboral y la Ley de Seguro Social.
Por lo tanto la forma de calcular las vacaciones de verano y las vacaciones de maternidad de las maestras tiene etapas coincidentes como las anteriores.
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