La oficina legal de consultoria legal respondio:
La ley actual no prohibe a los funcionarios del barrio al dejar el trabajo bajo el Decreto 178/2024/ND-CP, no se permite ser el jefe del grupo residencial.
Articulo 11 de Circular 04/2012/TT-BNV, para convertirse en el jefe del grupo de poblacion debe cumplir con los siguientes criterios:
- Tener residencia permanente y residencia regular en aldeas y grupos residenciales.
- suficiente 21 años o mas, salud, entusiasmo y responsabilidad en el trabajo;
- Tener cualidades politicas, buenas cualidades eticas, confiadas por la gente;
- Tener conocimiento cultural, capacidad y experiencia para movilizar y organizar a las personas para desempeñar bien las tareas autogobinantes de la comunidad, asi como el trabajo superior asignado;
- Self and Family ejemplar en la implementacion de las directrices y directrices del partido, las politicas y leyes del estado.
Por lo tanto, los funcionarios de barrio que renuncian a sus trabajos bajo el Decreto 178/2024/ND-CP con los estandares anteriores son elegibles para ser el jefe del grupo residencial.
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