El Departamento de Asesoramiento Jurídico del periódico Lao Dong responde:
El artículo 28 del Decreto 69/2024/ND-CP que regula la identificación y autenticación electrónicas regula la emisión de tarjetas de identificación electrónicas de la siguiente manera:
1. La tarjeta de identificación electrónica se presenta como una función, utilidad de la Aplicación Nacional de Identificación (VNeID) a través del acceso a la cuenta de identificación electrónica del ciudadano.
2. La tarjeta de identificación electrónica se emite junto con la emisión de una cuenta de identificación electrónica de nivel 02 para ciudadanos vietnamitas y se lleva a cabo de acuerdo con el orden y los procedimientos estipulados en el Artículo 10 de este Decreto.
3. El uso de la tarjeta de identificación electrónica a través del acceso a la cuenta de identificación electrónica de nivel 02 del ciudadano tiene un valor equivalente al uso de la tarjeta de identificación ciudadana, la tarjeta de identificación que sigue vigente en la realización de trámites administrativos, servicios públicos, transacciones y otras actividades.
El párrafo 6, Artículo 9, Decreto 69/2024/ND-CP estipula: La información sobre la identidad electrónica y la información integrada en el documento de identidad electrónico, la cuenta de identificación electrónica tiene un valor probatorio, equivalente a la provisión de información o al uso, presentación de documentos que contienen esa información en la implementación de procedimientos administrativos, servicios públicos, transacciones y otras actividades.
El artículo 13, Decreto 320/2026/ND-CP (vigente a partir del 28 de septiembre de 2026) modifica y complementa el apartado 1 del artículo 28 del Decreto 69/2024/ND-CP de la siguiente manera: La tarjeta de identificación electrónica se presenta como una función, utilidad de la aplicación de identificación nacional a través del acceso a la cuenta de identificación electrónica del ciudadano. La forma de la tarjeta de identificación electrónica que se muestra en la aplicación de identificación nacional es similar a la forma de la tarjeta de identificación; la información de la tarjeta de identificación electrónica que se muestra en la aplicación de identificación nacional es información actualizada en el sistema de identificación y autenticación electrónica.
El Artículo 2 del Decreto 320/2026/ND-CP modifica y complementa el Párrafo 4 del Artículo 4 del Decreto 69/2024/ND-CP de la siguiente manera: Las agencias, organizaciones e individuos al recibir y resolver procedimientos administrativos, servicios públicos, transacciones civiles y otras actividades llevan a cabo la explotación y el uso de la identidad electrónica, la información y los documentos integrados en VNeID, no se les exige a individuos u organizaciones que presenten los originales o copias de los documentos que se han integrado en VNeID. La explotación y el uso de la identidad electrónica deben proteger la información de la cuenta de identificación electrónica y cumplir con las disposiciones de la ley sobre protección de datos personales, de acuerdo con las regulaciones para garantizar la seguridad y el secreto de la vida privada, el secreto personal y el secreto familiar.
Las agencias, organizaciones e individuos al realizar trámites administrativos y servicios públicos en línea a través de VNeID están exentos y se les reducen las tasas y tarifas. La exención y reducción de tasas y tarifas se lleva a cabo de acuerdo con las regulaciones legales sobre tasas y tarifas.
Por lo tanto, las personas pueden utilizar la tarjeta de identificación electrónica integrada en VNeID para realizar trámites administrativos.
Asesoramiento jurídico
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