El articulo 32 de la Ley de Funcionarios de 2025 regula la destitucion y la jubilacion de los funcionarios publicos de la siguiente manera:
1. Los funcionarios publicos pueden ser despedidos si es necesario en los casos de rescision unilateral del contrato de trabajo rescision unilateral del contrato de trabajo de acuerdo con las disposiciones del derecho laboral o rescision unilateral del contrato de trabajo en los casos estipulados en el Apartado 4 Articulo 22 de esta Ley. El regimen de subsidios por desempleo y perdida de empleo se implementa de acuerdo con las regulaciones.
2. Los Funcionarios publicos se jubilan de acuerdo con las disposiciones del derecho laboral y el derecho del seguro social; la jubilacion a una edad menor o a una edad mayor se realiza de acuerdo con las disposiciones del derecho laboral las actividades profesionales y las regulaciones de la autoridad competente.
3. El Gobierno regula la autoridad el procedimiento y los tramites de destitucion y jubilacion; los casos en que no se ha rescindido el contrato de trabajo y regula detalladamente este articulo.