El lector Tran Thi Thu Hang dijo que en 2019, fue transferida a trabajar en la Cruz Roja del Distrito, con el titulo de Presidente de la Asociacion.
Antes de venir a trabajar en la Asociacion, fue vicepresidenta del Departamento de Trabajo del Distrito - Invalidos y Asuntos Sociales. Despues de transferir el trabajo, se redujo el 25% de las asignaciones de servicio publico. A principios de 2025, se registro en el Departamento del Interior del Distrito para retirarse antes de su edad, pero hasta ahora aun no ha disfrutado de la asignacion de servicio publico de acuerdo con el Decreto No. 126/2024/ND-CP, afectando las bases de calcular el regimen de acuerdo con el salario actual para retirarse antes de la edad de acuerdo con la decision No. 67/2025/ND-CP.
La Sra. Hang pregunto, de acuerdo con las disposiciones del Decreto No. 126/2024/ND-CP de fecha 8.10.2024, para personas de edad laboral, asignadas y movilizadas por agencias competentes para trabajar en la Asociacion en los objetivos de nomina asignados por las autoridades competentes en la asociacion por parte del partido y el Estado, ¿se habia otorgado a las asignaciones de servicio publico bajo la decreta No. 34/2012?
El regimen de asignacion de servicio publico prescrito en el Decreto No. 126/2024/ND-CP se decide por que agencia? Si solicita jubilacion antes de tener derecho a asignaciones de servicio publico, ¿podra rastrear y compensar las politicas de jubilacion antes de la edad bajo el Decreto No. 67/2025/ND-CP? Si es posible, ¿que autoridades han resuelto cuando el nivel de distrito ha finalizado la operacion?
En el portal web del gobierno, el Ministerio del Interior respondio a este problema de la siguiente manera:
Clausula 1, Articulo 77 del Decreto No. 138/2020/ND-CP, Punto A, Clausula 2, Articulo 40 del Decreto No. 126/22024/ND-CP estipula el reclutamiento, el uso y la gestion de las personas de los grupos de edad de trabajo asignados por las autoridades competentes para trabajar en la decision de la Asociacion bajo la agencia competente y la persona reclutada en la persona reclutada en el criterio de pago de la Asociacion con los oficiales de los oficiales y los empleados de los empleados. sirvientes.
En consecuencia, las organizaciones sociopoliticas, las organizaciones sociales, las organizaciones socioprofesionales se basan en las disposiciones anteriores para hacer que el reclutamiento, el uso y la gestion de aquellos que trabajan segun lo prescrito.
Punto A, Clausula 3, Articulo 40 del Decreto No. 126/2024/ND-CP estipula el regimen de salario, subsidios, seguro medico, seguro social, remuneracion, recompensa, capacitacion, nutricion y otras politicas y politicas de la siguiente manera:
"Las personas en edad laboral tienen una decision de la autoridad competente asignada y movilizada para trabajar en la Asociacion y la persona reclutada en los criterios de nomina asignados por la autoridad competente a la Asociacion, tienen derecho al regimen de politica segun lo prescrito para funcionarios y servidores publicos e implementan el regimen de retiracion segun lo prescrito por la ley".
Por lo tanto, las personas que trabajan regularmente en las asociaciones de masas asignadas por la parte y el estado en las disposiciones anteriores tienen derecho al regimen de asignacion de servicio publico segun lo prescrito en el Decreto No. 34/2012/ND-CP y los regimenes anteriores.
Relacionado con el regimen de politicas para cuadros, funcionarios publicos y empleados publicos en la estructura organizativa del sistema politico: para las asociaciones asignadas por el Partido y el Estado en la localidad para organizar, consolidar y fusionar el aparato organizacional de acuerdo con los requisitos del resumen del resolucion No. 18-NQ/TW con fecha del 25 de octubre de 2017 de la Conferencia Central 6 Session XII en algunos asuntos de la organizacion del Sistema Politico del Sistema Politico del Sistema Politico del Sistema Politico. La fuerza y la eficiencia, la edad laboral de la edad laboral con la decision de la autoridad competente asignada y movilizada para trabajar en la Asociacion y la persona reclutada en los criterios de nomina asignados por la autoridad competente a la Asociacion prescrita en la Clausula 3, Articulo 2 de la decretaria No. 178/2024/ND-CP (modificada y suplementada y suplicada en la decretos No. 67/2025/ND-CP de marzo 15, 2025).