El 20 de marzo, el Comité Popular de la ciudad de Da Nang informó que el Presidente del Comité Popular de la ciudad, Pham Duc An, firmó el Documento Oficial No. 1845/UBND-TH, solicitando a los Directores de departamentos, juntas, ramas, Presidentes de los Comités Populares de comunas, barrios y zonas especiales que se centren en asesorar sobre el manejo de las tareas clave en el futuro.
Entre ellos, para los contenidos bajo la autoridad del Comité Popular de la ciudad, los contenidos simples, la implementación de acuerdo con las regulaciones actuales se asigna a la Oficina del Comité Popular de la ciudad para presidir y coordinar con los departamentos y ramas relevantes para llevar a cabo los procedimientos para obtener opiniones de los miembros del Comité Popular de la ciudad.
Los contenidos que aún tienen diferentes opiniones deben ser discutidos para llegar a un acuerdo y los contenidos presentados en la sesión del Consejo Popular de la ciudad: La Oficina del Comité Popular de la ciudad preside, en coordinación con los departamentos y ramas relevantes, para aclarar los temas que aún tienen diferentes opiniones, expresar los puntos de vista de la Oficina en el formulario de presentación e informar a los líderes del Comité Popular de la ciudad a cargo para solicitar opiniones para informar en la sesión del Comité Popular de la ciudad para su consideración y decisión.
Se solicita a los jefes de departamentos, juntas y sectores que, al resolver asuntos dentro de su autoridad relacionados con las funciones y tareas de otras agencias, consulten a los jefes de esa agencia y que se ajusten al Reglamento de Trabajo del Comité Popular de la ciudad.
Si después del plazo el jefe de la agencia para obtener opiniones no responde o tarda en responder por escrito, se considera que está de acuerdo con el contenido de la solicitud de opinión y debe asumir la responsabilidad personal ante el Comité Popular de la ciudad, el Presidente del Comité Popular de la ciudad.
El organismo que recoge opiniones es responsable de resumir e informar al Comité Popular de la ciudad, al Presidente del Comité Popular de la ciudad en la reunión ordinaria del Comité Popular de la ciudad sobre la responsabilidad de los organismos que no responden o tardan en responder.
Los jefes de departamentos, juntas y ramas son responsables de resolver las propuestas del Consejo Popular y el Comité Popular a nivel comunal de acuerdo con su autoridad y deben responder por escrito en un plazo no superior a 7 días hábiles para los casos en que no se requieran opiniones adicionales de los departamentos, juntas, ramas y otras agencias relacionadas o no más de 15 días hábiles en los casos en que se requieran opiniones adicionales de otras agencias relacionadas a partir de la fecha de recepción del documento de solicitud; excepto en los casos de manejo de problemas inesperados y urgentes, deben responder pronto según la solicitud.
Después del plazo anterior, si la agencia que recibe la opinión no responde o responde tarde, el Presidente del Consejo Popular, el Presidente del Comité Popular a nivel comunal informa al Presidente del Comité Popular de la ciudad para que lo sepa y dirija a la agencia responsable a resolverlo. En el caso de resolver problemas complejos y prolongados, el tiempo de resolución puede prolongarse, pero debe informarse al Comité Popular de la ciudad para su seguimiento.