Muchos lectores se preguntan, ¿cuál es actualmente el nivel de subsidio para las personas que reciben una pensión y mueren?
La abogada Nguyen Thu Trang, Subdirectora de Heva Law Company Limited, dijo que el Artículo 88 de la Ley de Seguro Social estipula los casos para recibir una prestación única por fallecimiento de la siguiente manera:
Los siguientes sujetos fallecidos o declarados fallecidos por el Tribunal son considerados familiares para recibir una prestación única por fallecimiento:
Personas que participan en el seguro social o que conservan el período de cotización al seguro social.
Personas que actualmente disfrutan o están suspendiendo temporalmente el disfrute de la pensión de jubilación; personas que actualmente disfrutan o están suspendiendo temporalmente el disfrute de las prestaciones por accidentes laborales y enfermedades profesionales mensuales que han dejado de trabajar.
Los sujetos especificados en el párrafo 1 de este Artículo cuando mueren, los familiares tienen derecho a una pensión única en los siguientes casos:
No cumple con las condiciones estipuladas en el punto a del apartado 1 del artículo 86 de esta Ley.
Perteneciente a uno de los casos previstos en el apartado 1 del artículo 86 de esta Ley, pero sin familiares que disfruten de la pensión mensual prevista en el apartado 2 del artículo 86 de esta Ley.
Familiares que están sujetos a la prestación mensual por fallecimiento de acuerdo con las regulaciones pero que desean recibir la prestación por fallecimiento de una sola vez.
En caso de que no haya familiares, el subsidio de defunción único se implementa de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre herencia.
El nivel de apoyo se estipula en el Artículo 89 de la siguiente manera:
El nivel de subsidio de defunción único para los familiares de los sujetos que participan en el seguro social (sin pensión) es igual al nivel de subsidio de defunción por cada año de cotización al seguro social multiplicado por el número de años de cotización al seguro social, pero no inferior a 3 meses del salario promedio utilizado como base para la cotización al seguro social.
El salario promedio utilizado como base para las cotizaciones al seguro social para calcular las prestaciones por fallecimiento únicas se implementa de acuerdo con las regulaciones del Artículo 72 de esta Ley hasta el momento de la suspensión de las cotizaciones. El nivel de prestaciones por fallecimiento por cada año de cotización al seguro social se regula de la siguiente manera:
Equivalente a 1,5 meses del salario promedio utilizado como base para las cotizaciones al seguro social para los años de cotización al seguro social anteriores a 2014.
En el caso de que el período de cotización al seguro social sea tanto antes como después de 2014, y el período de cotización antes de 2014 tenga meses impares, esos meses impares se transfieren al período de cotización al seguro social a partir de 2014 en adelante.
Equivalente a 2 meses del salario promedio utilizado como base para las cotizaciones al seguro social para los años de cotización al seguro social a partir de 2014 en adelante.
El nivel de subsidio de defunción único para los familiares de las personas que están recibiendo una pensión o que están suspendiendo temporalmente el disfrute de la pensión de muerte se calcula de acuerdo con el tiempo que han recibido la pensión y se regula de la siguiente manera:
En caso de muerte en los primeros 2 meses, el nivel de subsidio de supervivencia único es igual a los 48 meses de pensión del mes en que se está disfrutando.
En caso de muerte a partir del tercer mes, por cada mes, el nivel de subsidio único de supervivencia se reduce en 0,5 meses de pensión en comparación con el nivel de subsidio estipulado en el punto a de este apartado, pero no inferior a 3 meses de pensión del mes en que se está disfrutando.
El nivel de subsidio de supervivencia único para los familiares de las personas que reciben subsidios mensuales por accidentes laborales y enfermedades profesionales que han renunciado al trabajo para recibir el seguro social de una sola vez antes de morir es igual a 3 meses de subsidio mensual por accidentes laborales y enfermedades profesionales del mes en que reciben.
El nivel de referencia utilizado para calcular el subsidio de defunción único es el nivel de referencia en el mes en que el sujeto especificado en el punto a, párrafo 1, Artículo 88 de esta Ley muere.
El Gobierno regula la resolución del régimen de supervivencia para los casos en que las personas que reciben subsidios mensuales por accidentes laborales y enfermedades profesionales no han renunciado al trabajo o aún conservan el tiempo de cotización al seguro social y las personas que reciben subsidios mensuales por accidentes laborales y enfermedades profesionales son también personas que reciben pensiones.
Por lo tanto, según las regulaciones actuales, si un trabajador ha pagado el seguro social y muere, sus familiares recibirán una prestación única. Para las personas que están recibiendo una pensión, sus familiares pueden recibir un mínimo de 3 meses de pensión y un máximo de 48 meses de pensión.