El Ministerio de Seguridad Pública está proponiendo un proyecto de Decreto para enmendar y complementar algunos artículos del Decreto No. 151/2024/ND-CP de fecha 15 de noviembre de 2024 del Gobierno que detalla algunos artículos y medidas para implementar la Ley de Orden y Seguridad del Tráfico Vial.
El borrador propone enmendar y complementar algunos puntos y apartados del Artículo 11 (información en la base de datos sobre orden y seguridad vial) de la siguiente manera:
Modificación y adición del apartado 6 de la siguiente manera:
Información sobre formación de conductores; certificado de capacitación en conocimientos legales sobre tráfico rodado para conductores de motocicletas especializadas:
Nombre completo, apellido; número de identificación personal; fecha, mes, año de nacimiento; nacionalidad; lugar de residencia; confirmación de finalización del curso de formación; institución de formación de conductores; categoría de vehículo de formación; curso de formación; fecha, mes, año de admisión.
Nombre completo, apellido; número de identificación personal; fecha, mes, año de nacimiento; nacionalidad; lugar de residencia; curso de formación; tiempo de finalización del curso; resultados de la prueba de emisión de certificados; fecha, mes, año de logro de los resultados de la prueba de emisión de certificados; número de certificado; fecha, mes, año de emisión de certificados; institución de formación y emisión de certificados; fecha, mes, año de cambio, reemisión de certificados; agencia de cambio, reemisión de certificados.
Modificación y adición del nombre del apartado 8 de la siguiente manera:
Información sobre el seguro obligatorio de responsabilidad civil de los propietarios de vehículos de motor y motocicletas especiales.
Modificación y adición del punto g del apartado 8 de la siguiente manera:
Información sobre la indemnización por seguro obligatorio de responsabilidad civil de propietarios de vehículos de motor y motocicletas especiales; información sobre accidentes, sanciones por infracciones administrativas, registros, inspecciones relacionadas con vehículos de motor y motocicletas especiales recopilada a través de la conexión con las bases de datos del Ministerio de Seguridad Pública, el Ministerio de Finanzas y el Ministerio de Construcción.
Según el organismo redactor, el borrador ha estipulado la adición de información sobre motocicletas de uso especial, incluido el seguro de motocicletas de uso especial para garantizar la uniformidad.
Se sabe que las regulaciones sobre el seguro de responsabilidad civil de vehículos de motor (incluido el seguro obligatorio de motocicletas especializadas) se han estipulado en el No: 67/2023/ND-CP sobre el seguro obligatorio de responsabilidad civil de los propietarios de vehículos de motor, el seguro obligatorio de incendios y explosiones, el seguro obligatorio en actividades de inversión en construcción.
Según este Decreto, el seguro de responsabilidad civil de vehículos de motor es un seguro obligatorio y estipula el precio general de la siguiente manera:
