Enviando una pregunta al Ministerio de Salud, se lee D.Q.H. dice: Soy un medico practicante para obtener una licencia de practica en un hospital desde diciembre de 2023, en junio de 2025 completare el programa.
He consultado el Decreto No 96/2023/ND-CP, en su articulo 143 que regula la transicion para la practica, el certificado de practica y la conversion de los certificados de practica otorgados segun lo dispuesto en la Ley de diagnostico y tratamiento de enfermedades No 40/2009/QH12.
Sin embargo, cuando pregunte al Departamento de Salud, me dijeron que solo aplicaban el articulo 129 de la ley de salud para renovar la licencia de practica. ¿Puedo solicitar el articulo 143 del Decreto 96/2023/NDI-CP para obtener una licencia de ejercer la profesion? "No es cierto.
En este sentido, el Ministerio de Salud respondio:
Actualmente, los profesionales para obtener una licencia de practica se aplican segun lo dispuesto en el Numero 1 del Articulo 143 del Decreto No 96/2023/NDI-CP de 30.12.2023, y al mismo tiempo se aplican segun lo dispuesto en el Numero 5 del Articulo 129 de este Decreto en caso de haber practicado antes del 1.1.2024 en concreto, como sigue:
"b) El tiempo de practica antes del 1.1.2024 para el calculo del tiempo total de practica, pero debe garantizar el tiempo de practica establecido en el articulo 3 de este Decreto antes del 31.12.2024".