El proyecto de circular establece medidas para implementar la salud y la seguridad social para los trabajadores de la seguridad publica, los trabajadores, los estudiantes, los estudiantes y los familiares de los funcionarios, soldados y trabajadores de la seguridad publica que trabajan o estudian en la Seguridad Publica.
Con respecto al metodo de la prima de seguro de salud, el borrador declaro: cada mes, al mismo tiempo pagando salarios, las unidades policiales y las localidades dedicaban un seguro de salud a trabajadores de la policia y familiares especificados en la circular, presentados a la agencia de seguro social donde la emision de la tarjeta. La transferencia de dinero debe completarse antes del ultimo dia del mes.
Durante los primeros 15 dias de cada trimestre, las unidades transfieren el presupuesto de la salud publica del trimestre a las personas previstas en el parrafo 1, Articulo 2 de la Circular (excepto los familiares de los trabajadores de la seguridad publica). La transferencia de fondos para el año debe completarse antes del 31 de diciembre.
Para los sujetos que se autofinanzan, la unidad de policia publica realiza la recaudacion de fondos y transfiere periodicamente 3, 6 o 12 meses a la agencia de BHXH.
En cuanto a la identificacion de los sujetos participantes, cada persona solo puede participar en el EITH en un grupo de sujetos al mismo tiempo. Si pertenece a varios grupos, la determinacion se basara en el articulo 13, parrafo 5 de la Ley BHYT en su version modificada.
Con respecto a la declaracion de compra de tarjetas de seguro de salud para familiares, el borrador estipula: en caso de que una persona tambien sea familiar de muchas fuerzas, como la policia, el ejercito, el cifrado, la defensa, solo se declaro una vez en orden de prioridad: funcionarios y soldados de los militares de seguridad publica del pueblo; Trabajadores de cifrado; Trabajadores de la policia; Trabajadores de defensa y oficiales. Se da prioridad al presupuesto estatal anterior, los empleadores pagan mas tarde.
Si un familiar tiene mas de un familiar que participe en el IES, solo se declara una persona en el orden de prioridad indicado anteriormente. Si vive con un oficial, es su responsabilidad declarar. En caso de convivencia con varias personas o no convivencia con nadie, la declaracion se ordena en orden: hijo, hija, hija de matrimonio, hijo de matrimonio, hijo legalmente adoptado (la persona mayor que realice la declaracion).
En el caso de que el familiar sea hijo de dos personas que pertenecen a la misma fuerza o fuerza, la madre sera la declarante. Si no se realiza correctamente este orden, el declarante debe informar a la unidad y indicar los motivos.