El lector N.H. T (Thanh Hóa) se pregunta: "Mis padres murieron sin testamento, yo, como cuidador de mis padres, ¿tengo derecho a una mayor parte de la tierra heredada?".
En una entrevista con Lao Dong, la abogada Nguyen Thi Hau, de LawKey Law Company Limited, dijo que, según las disposiciones del Código Civil de 2015, la herencia dejada por los padres sin testamento se dividirá de acuerdo con la ley. Suponiendo que la persona que cría a los padres aquí sea uno de los hijos biológicos/hijos adoptivos legales, la división de la herencia se resolverá de la siguiente manera:
- Principio general (División equitativa): De acuerdo con el párrafo 2 del Artículo 651 del Código Civil de 2015, la tierra se dividirá equitativamente entre las personas pertenecientes a la primera línea de herederos (incluidos: esposa, esposo, padre biológico, madre biológica, padre adoptivo, madre adoptiva, hijo biológico, hijo adoptivo del fallecido). La ley no estipula que los padres adoptivos se beneficiarán automáticamente de una mayor parte.
- Cómo hacer que el cuidador reciba una mayor parte del patrimonio:
Primero, a través del acuerdo: De acuerdo con el Artículo 656 del Código Civil de 2015, los coherederos tienen derecho a reunirse y acordar la forma de dividir la herencia. Para reconocer las contribuciones del cuidador, otros herederos pueden redactar un documento de acuerdo sobre la división de la herencia (notariado/certificado), en el que se acuerda dividir entre el cuidador una parte más grande del área de tierra o ceder toda la parcela de tierra.
Segundo, pago de costos: Si el cuidador ha gastado los costos para preservar el patrimonio (mantenimiento, reparación de la casa...), tiene derecho a solicitar el pago de estos costos de la herencia de los padres antes de dividirlos equitativamente (según el Artículo 658 del Código Civil de 2015 sobre el orden de prioridad de pago).

Tasas exentas pero obligatoriamente declarables
Impuesto sobre la Renta Personal: Los ingresos procedentes de la herencia de bienes inmuebles entre padres biológicos/padres adoptivos y hijos biológicos/padres adoptivos están exentos del impuesto sobre la renta personal (según el apartado 4 del artículo 4 de la Ley del Impuesto sobre la Renta Personal).
Tasa de matriculación: La herencia de bienes inmuebles entre padres biológicos/padres adoptivos y hijos biológicos/padres adoptivos está exenta de la tasa de matriculación (según el punto d del apartado 10 del artículo 10 del Decreto 10/2022/ND-CP).
Aunque están exentos, los herederos aún deben presentar una solicitud de declaración de impuestos y tasas de registro para que la autoridad fiscal emita una Notificación confirmando al sujeto exento.
Tasas y cargos obligatorios a pagar
Tasa de notaría/certificación: Pagada en la Organización de Notariado al preparar el Documento de declaración/acuerdo de división de la herencia. La tasa se calcula sobre el valor del terreno heredado (de acuerdo con las regulaciones de la Circular 257/2016/TT-BTC).
Tarifa de evaluación de expedientes para la emisión de Certificados: Esta es la tarifa pagada por el trabajo de evaluación de expedientes de tierras. La tarifa es regulada por el Consejo Popular a nivel provincial/municipal donde se encuentra la tierra (basado en la Circular 85/2019/TT-BTC).
Tasa de expedición del Certificado de Derecho de Uso de la Tierra: Si el heredero necesita cambiar a un nuevo Libro Rojo (a su nombre en lugar de anotar en la página 4 del libro antiguo), deberá pagar esta tasa. La tasa también es regulada por el Consejo Popular Provincial, generalmente de unas pocas docenas a unos 100.000 VND/certificado.
Otros gastos (si los hay): Gastos de medición, extracción de mapas catastrales (si la superficie del terreno fluctúa o es necesario dividir parcelas).