Los ciudadanos envian preguntas al Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente preguntando:
Segun las regulaciones, en el caso de que las personas cuyas tierras residenciales sean recuperadas tengan que trasladar sus residencias, se les compensa con tierras residenciales o viviendas de reasentamiento, pero el dinero de la compensacion por la tierra residencial no es suficiente para obtener una tasa minima de reasentamiento, el Estado apoya la diferencia.
La unidad de liberacion de terrenos entiende que para recibir apoyo de acuerdo con esta normativa, se deben cumplir las siguientes condiciones: (1) tener terrenos residenciales recuperados; (2) tener que reubicarse (confirmado por el Comite Popular Comunal); (3) ser compensado con terrenos residenciales debido a que el proyecto tiene un area de reasentamiento; y (4) la compensacion por terrenos residenciales no es suficiente en comparacion con el valor de una tarifa minima de reasentamiento.
Sin embargo, al evaluar el expediente, el Consejo de Evaluacion a nivel comunal no estuvo de acuerdo en aplicar la politica de apoyo en el caso de que no se recupere toda la tierra residencial en la misma parcela de tierra.
Por lo tanto, se solicita al Ministerio que aclare: ¿es obligatorio que se recupere toda la tierra residencial de acuerdo con la clausula 8 del articulo 111 de la Ley de Tierras de 2024 o solo una parte de la tierra residencial que se recupere y tenga que ser reubicada es suficiente?
Respondiendo a este contenido, el Departamento de Administracion de Tierras dijo:
De acuerdo con las regulaciones del apartado 8 del articulo 111 de la Ley de Tierras de 2024, en el caso de que una persona que tiene tierra residencial recuperada tenga que trasladar su residencia y sea compensada con la asignacion de tierra residencial o vivienda de reasentamiento, pero el dinero de la compensacion por la tierra residencial no sea suficiente en comparacion con el valor de una tarifa minima de reasentamiento, el Estado apoya con fondos suficientes para recibir una tarifa minima de reasentamiento.
Por lo tanto, el apartado 8 del articulo 111 de la Ley de Tierras de 2024 no estipula que la condicion para recibir apoyo para el reasentamiento sea la recuperacion de toda el area de tierra residencial.
Debido a que no hay expedientes ni documentos adjuntos, se solicita a los Ciudadanos que estudien las regulaciones anteriores y se pongan en contacto con las agencias funcionales de gestion de tierras en la localidad para obtener orientacion especifica.