En el Portal de Informacion del Gobierno el Sr. N.V.T en Phu Tho solicito a las autoridades competentes que guiaran la resolucion de los siguientes casos:
El hogar del Sr. Nguyen Van A fue asignado ilegalmente por el Comite Popular de la comuna 300 m2 de tierra para construir una casa y ha recaudado dinero para usar la tierra desde 1996.
Desde 1996 hasta marzo de 2015 el hogar del Sr. Nguyen Van A utilizo la tierra para plantar arboles. En 2015 el hogar del Sr. Nguyen Van A construyo una casa.
Segun el articulo 140 de la Ley de Tierras los casos de asignacion de tierras que no cumplen con la autoridad deben utilizarse de manera estable antes del 1 de julio de 2014.
El Sr. T pregunto: Entonces en el caso mencionado anteriormente ¿es el Sr. Nguyen Van A calificado para reconocer los derechos de uso de 300 m2 como terreno residencial (planificacion es terreno residencial; no hay disputas con nadie)?
Si se cumplen las condiciones para emitir un libro rojo ¿en que terminos del Articulo 140 (se solicita que se proporcione mas orientacion sobre el termino de uso estable para esta situacion)?
Si no se cumplen las condiciones para reconocer los derechos de uso de 300 m2 de tierra residencial ¿como se maneja y resuelve este caso por parte de los hogares que construyeron viviendas en 2015 en la tierra asignada por el Comite Popular de la comuna que no cumple con la autoridad del organismo de gestion estatal?
Por otro lado en el caso de que el Comite Popular de la comuna asigne ilegalmente 300 m2 de tierra para construir viviendas (se ha recaudado el dinero del uso de la tierra para poder utilizar la tierra) desde 1996; pero hasta este momento no se ha comenzado a construir (el area de la comuna es tierra residencial rural no hay planificacion general ni planificacion de subzonas pertenecientes a areas exentas de permiso de construccion) ¿es suficiente para construir viviendas? Si no es suficiente ¿como se maneja la infraccion administrativa de acuerdo con las regulaciones?
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural responde a este problema de la siguiente manera:
En el apartado 2 del articulo 140 de la Ley de Tierras se estipula la emision de Certificados para los casos en que los usuarios de la tierra de origen asignado no cumplen con la autoridad y se han utilizado de manera estable desde el 15 de octubre de 1993 hasta antes del 1 de julio de 2004.
En consecuencia las parcelas de tierra que necesiten registrarse y emitir certificados para el proposito de tierra residencial deben cumplir con las condiciones de que esta parcela de tierra se haya utilizado de manera estable y en su estado actual tenga vivienda o vivienda y obras para la vida.
Por lo tanto el uso de la tierra para fines residenciales en el caso de que el origen del uso de la tierra asignada no sea apropiado se basa en el estado actual de la parcela de tierra que se esta utilizando si hay vivienda o no.
La asignacion de tierras incompetente es una violacion de las agencias estatales no del usuario de la tierra por lo que no se sancionan las infracciones administrativas contra el usuario de la tierra. La construccion de viviendas en tierras residenciales (asignadas incompetentemente) no es un acto de violacion del uso indebido de la tierra para fines incorrectos. Para el contenido de si hay suficientes condiciones para construir viviendas o no se le solicita que se ponga en contacto con las agencias funcionales de gestion de la construccion para obtener orientacion y respuestas.