Los ciudadanos envian preguntas al Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente preguntando el contenido sobre la emision de un Certificado de Derecho de Uso de la Tierra por primera vez de la siguiente manera: En 1991 la familia exploto una parcela de tierra agricola en 1995 construyo una casa en 1 parcela de tierra anterior ahora necesitan emitir un Certificado de Derecho de Uso de la Tierra para la parcela anterior (incluida la parte de tierra residencial y la parte de tierra agricola restante).
Los ciudadanos se preguntan si en el articulo 25 del Decreto 101/2024/ND-CP de 29 de julio de 2024 no se especifica claramente si la parte de tierra residencial y la parte identificada como tierra agricola restante se otorgan en una sola hoja por lo que las familias aun no pueden obtener un Certificado de Derecho de Uso de la Tierra.
Los ciudadanos preguntan ¿para este caso hay que asignar cada parcela especificamente para cada tipo de proposito?
Respondiendo a esta pregunta el Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente dijo que en el parrafo 1 del articulo 135 de la Ley de Tierras se estipula que uno de los principios para emitir un Certificado de Derecho de Uso de la Tierra y Derecho de Propiedad de los Bienes Conjuntos con la Tierra es que el Certificado se emite por cada parcela de tierra para las personas con derechos de uso de la tierra y los propietarios de los bienes conjuntos con la tierra que lo necesiten y cumplan las condiciones.
En el parrafo 42 del articulo 3 de la Ley de Tierras se estipula que una parcela de tierra es una parte del area de tierra limitada por la frontera descrita en el expediente catastral o determinada en el terreno. La ley de tierras no estipula que una parcela de tierra solo tenga un tipo de tierra.
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente informa a los ciudadanos para que investiguen y se pongan en contacto con las autoridades competentes locales para obtener orientacion sobre la resolucion de la emision de un Certificado por primera vez de acuerdo con las regulaciones.
El parrafo 1 del articulo 135 de la Ley de Tierras establece: El Certificado de Derecho de Uso de la Tierra y Derecho de Propiedad de los Bienes Incluidos en la Tierra se emite por cada parcela de tierra para las personas con derecho de uso de la tierra y los propietarios de los bienes Incluidos en la Tierra que lo necesiten y cumplan las condiciones de acuerdo con las disposiciones de esta Ley. En el caso de que el usuario de la tierra este utilizando varias parcelas de tierra agricola en la misma comuna barrio pueblo si lo solicita se emite 01 Certifica