Los lectores informan que estan reparando una casa de nivel cuatro (1 piso). La casa esta construida en terrenos rurales no pertenece a un sitio historico ni tiene planificacion ni corredores de circunvalacion.
El lector pregunta ¿necesita el lector solicitar una licencia de construccion?
Respondiendo a esta pregunta el Ministerio de Construccion dijo que de acuerdo con las regulaciones del punto i del apartado 2 del articulo 89 de la Ley de Construccion de 2014 que se modifica y complementa de acuerdo con las regulaciones del apartado 30 del articulo 1 de la Ley No. 62/2020/QH14 que modifica y complementa algunos articulos de la Ley de Construccion que entra en vigor a partir del 1 de enero de 2021:
Obras de construccion de nivel cuatro viviendas individuales en zonas rurales con una escala inferior a 7 pisos y pertenecientes a areas sin planificacion urbana planificacion de la construccion de zonas funcionales o planificacion detallada de la construccion de puntos residenciales rurales que hayan sido aprobadas por las autoridades estatales competentes;
Obras de construccion de nivel IV viviendas individuales en zonas montañosas e insulares pertenecientes a areas sin planificacion urbana ni planificacion de construccion de zonas funcionales; excepto las obras de viviendas individuales construidas en areas protegidas sitios historicos y culturales; pertenecientes a la exencion de licencias de construccion.
Por lo tanto se solicita a los lectores que se pongan en contacto con las autoridades competentes sobre la emision de permisos de construccion en la localidad para que les guien de acuerdo con las disposiciones legales.