Enviando una pregunta al Portal de Información Electrónica del Gobierno, el Sr. T.Đ. T preguntó: Su casa y terreno fueron comprados para vivir y utilizados continuamente hasta ahora, tiene una declaración de 1999 que confirma su existencia antes de 1992, ha cumplido con la obligación de pagar impuestos y ha recibido un número de casa.
Específicamente, después del proceso de transferencia a través de muchas personas, el Sr. T recibió la transferencia de una superficie de 15,66 m2 del Sr. C, ubicada en un terreno común en la dirección A. En el período 2013-2014, la agencia estatal emitió una decisión de recuperación de tierras para implementar el proyecto (pero alrededor de 2023-2024 el proyecto tuvo una decisión de aprobación).
En el plan de compensación, el área de tierra del Sr. T solo se calcula al 70% del valor (tipo S2) y continúa disminuyendo en un 56% debido a que se considera que invadió el canal; al mismo tiempo, la agencia de compensación determinó que este caso violó la ley de tierras antes del 1 de julio de 2014 de acuerdo con el Artículo 139 de la Ley de Tierras de 2024.
Sin embargo, el Sr. T dijo que la determinación de la violación no es apropiada porque la tierra tiene un origen de uso legal y estable desde antes de 1993 y tiene pruebas suficientes para demostrarlo, mientras que los hogares circundantes que tienen un origen similar son reconocidos.
El Sr. T preguntó si su caso se considera una violación de la ley de tierras antes del 1 de julio de 2014 o no? ¿Está compensado por la tierra y los bienes en la tierra al 100%?
¿Es correcta la parte de compensación para apoyar las obras de construcción en el terreno según el método de cálculo actual de la Junta de Compensación para casas con paredes de ladrillo, columnas de ladrillo, pisos cerámicos, techos de yeso de 14,8 m2 con el método de cálculo del área de la obra? Porque su casa en el primer piso tiene paredes de ladrillo 100%.
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente responde a esta pregunta de la siguiente manera:
Identificación de violaciones de la ley de tierras
Con respecto al contenido de las violaciones de la ley de tierras, el origen y el proceso de uso de la tierra de su familia todavía tienen muchos contenidos poco claros, no hay expedientes ni documentos que prueben el origen y el momento del uso. Por lo tanto, de acuerdo con las regulaciones de la ley de tierras relacionadas, la determinación del uso de la tierra en casos de invasión y ocupación de tierras, uso de la tierra para fines incorrectos se determina de acuerdo con las regulaciones de la ley relacionada, específicamente:
- El acto de invasión de tierras, ocupación de tierras se determina de acuerdo con los apartados 9, 31 del Artículo 3 y 1 del Artículo 13 del Decreto No. 123/2024/ND-CP de fecha 4 de octubre de 2024 del Gobierno que regula las sanciones por infracciones administrativas en el campo de la tierra;
- El acto de utilizar la tierra para un propósito incorrecto se determina si el uso para un propósito no se ajusta al propósito determinado en el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra; la decisión de asignación de tierras, la decisión de arrendamiento de tierras y los documentos sobre los derechos de uso de la tierra estipulados en el Artículo 137 de la Ley de Tierras.
De acuerdo con las regulaciones en el párrafo 4 del Artículo 3 del Decreto No. 123/2024/ND-CP, los hogares e individuos que utilicen la tierra antes del 15 de octubre de 1993 y no tengan un documento de manejo de violaciones de la agencia estatal competente no serán sancionados administrativamente.
Condiciones para la compensación por la tierra
En cuanto al contenido relacionado con la compensación, en el punto a, apartado 1, apartado 2, apartado 3 del artículo 95 de la Ley de Tierras de 2024 se estipula:
Artículo 95. Condiciones para la compensación por la tierra cuando el Estado recupera tierras con fines de defensa y seguridad nacional; desarrollo socioeconómico por el interés nacional y público
1. Los casos de compensación por tierras cuando el Estado recupera tierras con fines de defensa y seguridad nacional; desarrollo socioeconómico en beneficio nacional y público incluyen:
a) Hogares e individuos que utilizan terrenos que no son terrenos arrendados que pagan alquileres anuales;
2. Los casos previstos en el apartado 1 de este artículo son indemnizados por la tierra cuando se cumple una de las siguientes condiciones:
a) Tener un Certificado de Derecho de Uso de la Tierra o un Certificado de Derecho de Propiedad de Vivienda y Derecho de Uso de la Tierra Residential o un Certificado de Derecho de Uso de la Tierra, Derecho de Propiedad de Vivienda y Otros Bienes Vinculados a la Tierra o un Certificado de Derecho de Uso de la Tierra, Derecho de Propiedad de Bienes Vinculados a la Tierra;
b) Tener una decisión de asignación de tierras o una decisión de arrendamiento de tierras o una decisión de permiso para cambiar el propósito del uso de la tierra por parte de una agencia estatal competente;
c) Tener uno de los documentos sobre los derechos de uso de la tierra como base para emitir un Certificado de Derecho de Uso de la Tierra, Derecho de Propiedad de Bienes Vinculados a la Tierra de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 137 de esta Ley;
d) Recibir la transferencia de derechos de uso de la tierra de acuerdo con las disposiciones de la ley de una persona con derechos de uso de la tierra legales pero que no ha completado los trámites de registro de la tierra;
đ) Ser autorizado a utilizar la tierra de acuerdo con el acuerdo en el contrato de hipoteca para gestionar la deuda; documento que reconozca los resultados de la subasta de derechos de uso de la tierra en el que el postor ganador haya cumplido con sus obligaciones financieras de acuerdo con las disposiciones de la ley.
3. El Gobierno regula otros casos de compensación por tierras y condiciones para la compensación por tierras".
En el párrafo 2 del Artículo 5 del Decreto No. 88/2024/ND-CP de fecha 15 de julio de 2024 del Gobierno que regula la compensación, el apoyo y el reasentamiento cuando el Estado recupera tierras (modificado y complementado en el párrafo 3 del Artículo 11 del Decreto No. 49/2026/ND-CP de fecha 31 de enero de 2026 del Gobierno) se estipulan los casos de compensación por tierras que incluyen:
Los hogares e individuos que estén utilizando tierras que hayan violado la ley de tierras antes del 1 de julio de 2014 y que hayan utilizado la tierra de manera estable, pertenecen a los casos que se consideran para la emisión de Certificados de Derecho de Uso de la Tierra de acuerdo con las regulaciones en el párrafo 1, el punto a y el punto c del párrafo 2, el párrafo 3, el párrafo 4 del Artículo 139 de la Ley de Tierras que no deben cumplir con las condiciones de conformidad con la planificación".
Debido a que este es un caso específico, el Departamento de Gestión de la Tierra no tiene registros ni documentos relacionados; por lo tanto, se solicita al Sr. que estudie las regulaciones de la ley mencionadas anteriormente, que se ponga en contacto con la agencia con funciones de gestión de la tierra en la localidad para recibir orientación de acuerdo con su autoridad.