En el Portal de Informacion del Gobierno la Sra. D.T.H en Ciudad Ho Chi Minh compartio que en 1999 compro una parcela de tierra con un contrato de compraventa escrito a mano sin obtener un certificado de propiedad.
En 2005 la Sra. Hien recibio un certificado de propiedad de una parte de la parcela de tierra. Ahora solicita el certificado de propiedad de la parte restante con el siguiente contenido:
El estado actual es tierra agricola que se esta explotando y utilizando normalmente (no canal).
La tierra no esta en disputa el uso es estable y duradero.
La ubicacion de la parcela de tierra pertenece al grupo de viviendas actual segun el proyecto de planificacion de la subzona a escala 1/2000 aprobado.
Documentos de medicion de parcelas de tierra sin registro de propiedad: Segun el documento Mapa 299 es un arroyo; el documento 02 es un arroyo; segun el documento mapa catastral de 2003 hay una parcela de tierra.
La Sra. Hien pregunto: ¿Esta su parcela de tierra calificada para la emision de un libro rojo de acuerdo con los documentos de medicion de la parcela de tierra mencionada anteriormente? Y ¿que requisitos se necesitan para obtener un libro rojo para la parcela de tierra mencionada anteriormente?
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural responde a este problema de la siguiente manera:
El contenido de su denuncia es un caso especifico que pertenece a la competencia de la localidad. Por lo tanto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural no tiene base para responder. El Ministerio solicita señalar algunos principios de la siguiente manera:
Segun la legislacion vigente sobre tierras en el caso de que los usuarios de la tierra tengan documentos sobre derechos de uso de la tierra segun lo dispuesto en el Articulo 137 de la Ley de Tierras de 2024 se considerara la emision de un Certificado.
En el caso de que el usuario de la tierra no tenga los documentos sobre los derechos de uso de la tierra estipulados en el Articulo 137 y no se encuentre en los casos estipulados en el Articulo 139 y el Articulo 140 se considerara la emision de un Certificado de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 138 de la Ley de Tierras.
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente le solicita que se ponga en contacto con las autoridades competentes locales para recibir orientacion y llevar a cabo de acuerdo con las disposiciones de la ley.