El Gobierno promulgo el Decreto No. 230/2025/ND-CP de 19 de agosto de 2025 que regula otros casos de exencion y reduccion de las tasas de uso de la tierra y el alquiler de la tierra de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del articulo 157 de la Ley de Tierras de 2024.
En cuanto a la exencion y reduccion de las tasas de uso de la tierra el Decreto No. 230/2025/ND-CP regula la exencion de las tasas de uso de la tierra para el area de tierra asignada dentro del limite de la asignacion de tierra residencial en los siguientes casos:
Entrega de tierras residenciales de reasentamiento o entrega de tierras a hogares y particulares en grupos residenciales en zonas inundadas de acuerdo con la decision del Primer Ministro sobre el ajuste y la adicion de sujetos y mecanismos de prestamo para la construccion de viviendas pertenecientes al programa de construccion de grupos residenciales y viviendas en zonas inundadas con frecuencia del Delta del Mekong.
Entregar tierras residenciales a los hogares de pueblos pesqueros pescadores que viven en rios y manglares para que se muevan a asentarse en areas y puntos de reasentamiento de acuerdo con la planificacion el plan y el proyecto aprobados por las autoridades competentes.
El Decreto estipula una reduccion del 30% en el precio del uso de la tierra anual para los casos de uso de la tierra de defensa nacional combinado con actividades laborales de produccion y construccion economica segun lo dispuesto en el apartado 2 del articulo 201 de la Ley de Tierras de 2024 y el Decreto No. 102/2024/ND-CP de 30 de julio de 2024 del Gobierno que regula detalladamente la aplicacion de algunos articulos de la Ley de Tierras.
El Ministro de Defensa es responsable de asignar a las agencias funcionales la cantidad de dinero de la tasa de uso de la tierra reducida y registrarla en el aviso de obligaciones financieras del Ministerio de Defensa enviado a las unidades y empresas estatales asignadas por el Ministerio de Defensa para la gestion; asignar a las agencias funcionales la orientacion sobre el cobro y el pago de la tasa de uso de la tierra anualmente de acuerdo con las regulaciones del Decreto 102/2024/ND-CP y este Decreto a las unidades y empresas estatales asignadas por el Ministerio de
En caso de que a traves de la inspeccion las agencias funcionales descubran que el sujeto que utiliza tierras de defensa nacional combinadas con actividades laborales de produccion y construccion economica no utiliza la tierra de acuerdo con el plan de uso de la tierra aprobado por la autoridad competente debe reembolsar la cantidad de dinero de uso de la tierra anual que se ha reducido de acuerdo con las regulaciones.
La exencion y reduccion de las tasas de uso de la tierra en los casos necesarios para implementar politicas socioeconomicas estabilizar la macroeconomia apoyar el desarrollo de la produccion y los negocios garantizar la seguridad social y resolver los problemas que surjan en la practica de la gestion socioeconomica anual se lleva a cabo de la siguiente manera: Basandose en las tareas y soluciones del Plan de Desarrollo Socioeconomico emitido por la autoridad competente o las tareas asignadas por la autoridad competente el Ministerio de Finanzas presenta al Gobierno para que regule la exencion y reduccion de las tasa
Este Decreto entra en vigor a partir del 19 de agosto de 2025. En caso de que los documentos normativos legales derivados de este Decreto sean enmendados complementados o reemplazados se llevaran a cabo de acuerdo con las regulaciones correspondientes a esos documentos enmendados complementados o reemplazados. Al mismo tiempo se aboliran las regulaciones sobre incentivos exenciones y reducciones del alquiler de la tierra para las instalaciones de produccion comercio y uso de mano de obra con discapacidad de acuerdo con lo dispuesto en el punto d del apartado 1 del articulo 9 del Decreto No. 28/2012