El Gobierno promulgo el Decreto No. 291/2025/ND-CP (vigente a partir del 6 de noviembre de 2025) que modifica y complementa algunos articulos del Decreto No. 103/2024/ND-CP de 30 de julio de 2024 que regula el pago del uso de la tierra el alquiler de la tierra y el Decreto No. 104/2024/ND-CP de 31 de julio de 2024 que regula el Fondo de Desarrollo de la Tierra.
Entre ellos en cuanto a la forma de calcular el dinero del uso de la tierra al emitir el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra y los derechos de propiedad de los bienes relacionados con la tierra (Certificado) para los casos en que el uso de la tierra asignada no cumple con la autoridad estipulada en el Articulo 140 de la Ley de Tierras el Decreto No. 291/2025/ND-CP ha modificado y complementado los puntos a) b) c) del apartado 3 del articulo 12 del Decreto No. 103/2024/ND-CP que regula la forma de
Segun las nuevas regulaciones los hogares y particulares que reciben un Certificado emitido por la autoridad estatal competente de acuerdo con las regulaciones en el punto a y punto b del apartado 3 del articulo 140 de la Ley de Tierras de 2024 el precio del uso de la tierra se calcula de la siguiente manera:
a) En el caso de que se emita un Certificado de Derecho de Uso de la Tierra y Derecho de Propiedad de los Bienes Incluidos en la Tierra (Certificado) de acuerdo con las disposiciones del punto a y punto b del apartado 3 del articulo 140 de la Ley de Tierras de 2024 sin documentos que demuestren haber pagado para usar la tierra el dinero del uso de la tierra de la parte del area emitida como terreno residencial se calcula de la siguiente manera:

b) En el caso de que se emita un Certificado segun lo dispuesto en el punto a y punto b del apartado 3 del articulo 140 de la Ley de Tierras de 2024 y haya documentos que demuestren que ha pagado suficiente dinero para usar la tierra de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 5 de este articulo no tiene que pagar el dinero del uso de la tierra.
En el caso de que haya documentos que demuestren haber pagado dinero para el uso de la tierra pero el nivel de cobro pagado para el uso de la tierra sea inferior al nivel de cobro de acuerdo con las disposiciones de la ley en el momento del pago el dinero pagado se convierte en la proporcion del % del area de la tierra que ha completado el pago del dinero de uso de la tierra de acuerdo con la politica y el precio de la tierra en el momento del pago; el dinero de uso de la tierra de la parte restante del area de la tierra se calcula de acuerdo con
c) Para el area restante segun lo dispuesto en el punto c apartado 3 del articulo 140 de la Ley de Tierras de 2024 en el caso de que se reconozca el uso de la tierra para fines residenciales (si lo hay) y se emita un Certificado se cobrara el dinero del uso de la tierra al 100% del dinero del uso de la tierra calculado de acuerdo con las politicas y precios de la tierra estipulados en la Tabla de precios de la tierra en el momento de presentar suficientes expedientes validos solicitando la emision del Certificado.