El Ministerio de Educacion y Formacion anuncia el borrador de la Circular sobre la promulgacion del Reglamento de titulos y certificados del sistema educativo nacional para obtener opiniones.
Entre ellos el expediente de solicitud de modificacion del contenido de los titulos y certificados se especifica claramente en el apartado 3 del articulo 15 del borrador de la Circular. Especificamente de la siguiente manera:
3. Expediente solicitando la modificacion del contenido del titulo o certificado:
a) Formulario solicitando la modificacion del contenido del titulo o certificado; en el Formulario hay informacion sobre: Numero de identificacion personal; numero de titulo o certificado (si lo hay); numero en el libro de registro de titulos o certificados; fecha de emision del titulo o certificado;
b) Titulos certificados solicitados para su modificacion;
c) Extracto o decision de cambiar o reformar el registro de nacimiento redefinir la etnia redefinir el genero para los casos de modificacion de titulos y certificados debido a cambios o reformaciones de registro de nacimiento redefinir la etnia redefinir el genero;
d) Certificado de nacimiento para los casos de modificacion del contenido de un titulo o certificado debido a la adicion de registro de nacimiento alteracion de registro de nacimiento registro de nuevo nacimiento registro de nacimiento vencido;
d) Los documentos en el expediente solicitando la modificacion del contenido del titulo o certificado estipulados en los puntos b c y d de esta disposicion son copias del libro original o copias certificadas del original o enlaces para extraer informacion de la base de datos de la autoridad competente.
En el caso de que estos documentos sean copias sin certificacion la persona que solicita la correccion del titulo o certificado debe presentar la copia original para que el remitente del expediente la compare; el remitente del expediente debe firmar la confirmacion registrar claramente su nombre en la copia y ser responsable de la exactitud de la copia en comparacion con la original.
El borrador de la Circular sobre la promulgacion del Reglamento de titulos y certificados del sistema educativo nacional se considerara hasta el 25 de octubre de 2025.