Youme Law Firm Ltd. afirma que, de acuerdo con el Articulo 9 del Decreto 178/2024/ND-CP, modificado por el Articulo 9 del Decreto 67/2025/ND-CP, que establece la politica de baja de los funcionarios y empleados de las asociaciones establecidas en los puntos a, b, g, 1 y 3, Articulo 2 del Decreto 178/2024/ND-CP, modificado por el Articulo 2 del Articulo 1 del Decreto 67/2025/ND-CP, en particular:
Los oficiales y funcionarios que tengan una edad de dos años o mas hasta la edad de jubilacion prevista en el Anexo 1, Anexo 2 emitido junto con el Decreto 135/2020/ND-CP y no sean elegibles para disfrutar de la politica de jubilacion antes de la edad prevista en el Articulo 7, Articulo 7a, Articulo 7b del Decreto 178/2024/ND-CP, si se retiran del trabajo, disfrutaran de los siguientes regimenes:
- Para recibir el subsidio de jubilacion:
+ Para una persona de renuncia dentro de los primeros 12 meses despues de la decision de organizar la estructura organizativa de la autoridad competente, la asignacion es igual a 0.8 meses de salario, que actualmente tiene derecho al numero de meses de asignacion de indemnizacion.
Para los que dejen el trabajo a partir del 13o mes desde que se tome la decision de organizar la maquinaria de la autoridad competente, se beneficiaran de 0,4 meses de salario actual multiplicado por el numero de meses de prestacion por cese de trabajo.
- Reciben un mes y medio de sueldo por cada año de trabajo con seguro social obligatorio.
- Ser reservado durante el periodo de seguro social o beneficiarse de seguro social una vez segun lo dispuesto en la ley de seguro social.
- Reciben tres meses de sueldo para encontrar trabajo.
Por lo tanto, los cuadros y los funcionarios publicos renuncian a sus trabajos dentro de los primeros 12 meses despues de la decision de organizar la estructura organizativa de la autoridad competente, tienen derecho a una asignacion de 0.8 meses de salario, que actualmente tiene derecho a la cantidad de meses de asignacion de indemnizacion.