El Decreto No. 198/2025/ND-CP regula detalladamente algunos articulos y medidas de aplicacion de la Ley de Defensa Civil contra el Trafico Aereo entra en vigor a partir del 22 de agosto de 2025.
El apartado 4 del articulo 7 del Decreto regula la estructura organizativa del Comite Directivo de Defensa Aerea Popular a nivel de comuna de la siguiente manera:
a) El jefe del comite directivo es un vicepresidente del Comite Popular.
b) Subjefe del comite directivo:
El Subjefe del Comite Permanente es el Comandante Jefe del Comando Militar;
El subjefe del comite directivo es un subjefe de policia.
c) Los miembros del Comite Directivo son algunos funcionarios designados por el Comite Directivo de Defensa Civil a nivel provincial; un Subjefe de Policia; Jefes de aldea (comunas aldeales) jefes de grupos de poblacion y algunos funcionarios clave de acuerdo con la estructura organizativa del Comite Popular a nivel comunal.
Asi a partir del 22 de agosto el Subjefe del Comite Permanente del Comite Directivo de Defensa Aerea Popular a nivel de comuna es el Comandante del Comite Directivo Militar a nivel de comuna.
Ademas el Decreto tambien estipula que basandose en las caracteristicas y la situacion real de la localidad las agencias militares locales asesoran al Presidente del Comite Popular del mismo nivel para decidir los componentes que participan en el Comite Directivo de Defensa Aerea Popular a su nivel de acuerdo con la organizacion de la plantilla y los requisitos de las tareas de defensa aerea popular de la localidad.
El organismo permanente que asesora y ayuda al Comite Directivo de Defensa Aerea Popular a nivel de comuna es el Comite Directivo Militar a nivel de comuna; las funciones tareas estructura organizativa y actividades del organismo permanente son decididas por el Jefe del Comite Directivo de Defensa Aerea Popular de la misma comuna.