El parrafo 1 del articulo 9 del Decreto 59/2023/ND-CP estipula que la destitucion del jefe de aldea y del jefe del grupo vecinal se decide en una reunion de la comunidad residente en los siguientes casos:
- La persona que solicita renunciar al cargo de jefe de aldea o jefe de grupo vecinal por motivos de salud circunstancias familiares u otras razones segun los deseos personales presenta una solicitud al Presidente del Comite Popular de la comuna indicando claramente el motivo de la renuncia.
- El Jefe del Comite de Trabajo del Frente en la aldea y el grupo vecinal solicita al Presidente del Comite Popular de la comuna que considere dejar de serlo en el caso de que el Jefe de la aldea el Jefe del grupo vecinal ya no sean confiables por parte del pueblo no cumplan con sus deberes no cumplan con sus funciones violan el derecho a la propiedad del pueblo la corrupcion el despilfarro no obedecen a la direccion y gestion del Comite Popular de la comuna las regulaciones superiores violan la ley pero no alcanzan el nivel de ser procesados