El articulo 4 del Decreto 135/2020/ND-CP regula la edad de jubilacion en condiciones laborales normales de la siguiente manera:
La edad de jubilacion de los trabajadores en condiciones laborales normales segun el apartado 2 del articulo 169 del Codigo Laboral se estipula especificamente de la siguiente manera:
A partir del 1 de enero de 2021, la edad de jubilacion de los trabajadores en condiciones laborales normales es de 60 años y 3 meses para los trabajadores masculinos y de 55 años y 4 meses para las trabajadoras; luego, cada año aumenta 3 meses para los trabajadores masculinos hasta alcanzar los 62 años en 2028 y cada año aumenta 4 meses para las trabajadoras hasta alcanzar los 60 años en 2035.
Por lo tanto, la edad de jubilacion en 2026 para los trabajadores que trabajan en condiciones normales es la siguiente: Trabajador masculino: 61 años y 6 meses; trabajadora: 57 años.
Comparando el mes y el año de nacimiento de los trabajadores correspondientes a la edad de jubilacion estipulada en este apartado segun el Anexo 1 adjunto al Decreto 135/2020/ND-CP, los casos que trabajan en condiciones normales con un momento de pension a partir de enero de 2026 incluyen a los trabajadores varones nacidos en septiembre de 1964 y a las trabajadoras nacidas en abril de 1969.