La Oficina de Asesoramiento Jurídico del periódico Lao Dong responde: De acuerdo con el Artículo 4 de la Circular 11/2026/TT-BGDĐT, existen regulaciones sobre los principios para determinar el régimen de trabajo de los directores, subdirectores y maestros de preescolar de la siguiente manera:
(1) El tiempo de trabajo de los maestros de preescolar se implementa por año escolar, se convierte en horas de enseñanza y garantiza 40 horas/semana, incluyendo el número de horas de enseñanza en 1 día de acuerdo con las normas de horas de enseñanza estipuladas en el Artículo 7 de la Circular 11/2026/TT-BGDĐT.
(2) El tiempo de trabajo de los directores y subdirectores debe ser de 40 horas/semana, incluido el tiempo de enseñanza según las normas estipuladas en el Artículo 8 de la Circular 11/2026/TT-BGDĐT para comprender el contenido y los objetivos del programa de educación preescolar con el fin de mejorar la eficacia del trabajo de liderazgo y gestión.
(3) La asignación y disposición de tareas para los maestros de preescolar debe garantizar las regulaciones sobre las normas de horas de enseñanza, el tiempo de trabajo, el tiempo de descanso anual de acuerdo con las disposiciones de la ley; garantizar la publicidad y la equidad entre los maestros de preescolar en la misma institución de educación preescolar.
La asignación de maestros de preescolar para participar en la devolución de niños o la recogida de niños o el cuidado de niños al mediodía debe garantizar que sea consistente con la situación real del personal de las instituciones de educación preescolar.
(4) Cada maestro de jardín de infancia no cumpla más de 2 tareas estipuladas en los Artículos 9 y 10 de la Circular 11/2026/TT-BGDĐT.
(5) Para las tareas que ya han recibido remuneración o subsidios, no se reducen las normas de horas de enseñanza ni se convierten en horas de enseñanza menos las tareas a tiempo parcial en el Artículo 9, Cláusula 1, Artículo 10, Cláusula 4, Artículo 11 de la Circular 11/2026/TT-BGDĐT.
(6) La conversión para las tareas que no están reguladas con el régimen de reducción de las normas de horas de enseñanza o que no están convertidas en horas de enseñanza en la Circular 11/2026/TT-BGDĐT es decidida por escrito por el director, asegurando que sea consistente con el nivel de complejidad y la carga de trabajo de la tarea asignada concurrente.
La conversión en este caso debe ser aprobada a través de una reunión colectiva de maestros de preescolar en una institución de educación preescolar e informada a la autoridad competente de gestión.