Articulo 27 de la ley sobre el maestro 2025 Ley No. 73/2025/QH15 (efectivo desde 1.1.2026) de la siguiente manera:
Regimen de jubilacion a una edad superior para maestros en instituciones educativas publicas
1. El tema puede disfrutar del regimen de jubilacion a una edad mas alta, incluido un maestro con el titulo de profesor, profesor asociado o un doctorado y un maestro que trabaja en la industria, un campo especializado especial.
2. El regimen de jubilacion a una edad mas alta se implementa cuando las instituciones educativas necesitan; Los maestros tienen suficiente salud, voluntario y cumplen con los estandares y condiciones de las instituciones educativas.
3. El tiempo de jubilacion a mayor edad se prescribe de la siguiente manera:
a) no mas de 5 años para maestros con titulos doctorales;
b) no mas de 7 años para maestros con el titulo de profesor asociado;
c) No mas de 10 años para los maestros que tienen un titulo de profesor.
4. Durante la implementacion del regimen de jubilacion a una edad mas alta como se prescribe en la clausula 3 de este articulo, el maestro no ocupa el puesto de gestion.
5. El gobierno detalla el proceso y los procedimientos para la jubilacion a una edad mas alta; La jubilacion de mayor edad para los maestros en la industria, campos especializados.
En consecuencia, aquellos que pueden disfrutar del regimen de jubilacion a una edad mas alta incluyen un maestro con un titulo de profesor, profesor asociado o un doctorado y un maestro que trabaja en la industria, campos especializados.
Por lo tanto, si el maestro es una maestria y no funciona en la industria y los campos especializados, no tendra derecho a un regimen de jubilacion a una edad mas alta.