Segun la Clausula 1, el Articulo 13 del Decreto 170/2025/ND-CP (efectivo a partir del 1 de julio de 2025), el activista a tiempo parcial a nivel de comuna antes de 1.7.2025 es uno de los sujetos recibidos como funcionario (que cumple con las condiciones especificas prescritas).
La clausula 5, Articulo 14 del Decreto 170/2025/ND-CP estipula los procedimientos para recibir, al recibir al activista a tiempo parcial a nivel de comuna como funcionario para nombrar puestos, liderazgo y titulos de gestion, la implementacion es la siguiente:
- Al recibir como funcionario para nombrar puestos, liderazgo y titulos de gestion, siga el proceso de nombramiento para recursos humanos de otros lugares. La decision del nombramiento tambien es la decision de aceptar como funcionario y lo siguiente:
+ Si se recluta la agencia competente y al mismo tiempo, la autoridad designada o los subordinados de la autoridad designada, la decision del nombramiento tambien es una decision de recibir;
+ En caso de que la agencia de reclutamiento sea superior de la autoridad designada, la autoridad competente debe informar y ser acordada por la autoridad competente para recibir la recepcion antes de la decision del nombramiento.