Segun el punto M, Clausula 1, Articulo 2 de la Ley de Seguro Social 2024 (efectivo desde 1.7.2025), el hogar comercial de hogares comerciales cuyo registro comercial esta sujeto a un seguro social obligatorio.
La clausula 7, Articulo 2 de la ley sobre el seguro social 2024 estipula que los casos que no estan sujetos a un seguro social obligatorio incluyen:
a) Personas que tienen derecho a pension, beneficios de seguro social, asignaciones mensuales.
El gobierno estipula que los sujetos de seguro social y asignaciones mensuales no estan sujetos a un seguro social obligatorio;
b) El trabajo es una criada domestica;
c) Los objetos especificados en los puntos M y N, la clausula 1 de este articulo tienen suficiente edad de jubilacion segun lo prescrito en la Clausula 2, Articulo 169 del Codigo Laboral, excepto por el momento del pago de primas de seguro social, que falta hasta 6 meses prescritos en la clausula 7, articulo 33 de esta ley.
Por lo tanto, si el hogar comercial del hogar comercial tiene un registro comercial y esta recibiendo pensiones, ya no necesitara participar en un seguro social obligatorio porque en la clausula 7, el articulo 2 de la ley sobre el seguro social 2024 ha eliminado a los pensionistas de los sujetos que participan en un seguro social obligatorio.