Clausula 2, Articulo 1 de Circular 08/2013/TT-BNV estipula que los sujetos no aplican el aumento salarial con anticipacion:
- Los oficiales que tienen el salario clasificado de acuerdo con la nomina de nomina han sido salariales por el plazo.
-Los funcionarios a nivel de comodidad que tienen derecho a la subsidio de jubilacion o perdida de mano de obra prescrita en el punto C, Clausula 1, Articulo 5 del Decreto 92/99/ND-CP y la Clausula 1, Articulo 1 del Decreto 29/2013/ND-CP modificado y suplementado una serie de articulos de decision 92/2009/ND-CP.
-Funcionarios civiles a nivel comunitario que no se han graduado de la capacitacion profesional prescrita en el punto B, Clausula 2, Articulo 5 del Decreto 92/99/ND-CP.
Por lo tanto, actualmente hay casos en los que los funcionarios del nivel de comuna no pueden aplicar el aumento salarial con anticipacion debido a los logros y de acuerdo con las disposiciones anteriores.