Clausula 4, Articulo 41 de la Ley de Empleo 2025, No. 74/2025/QH15 estipula que el empleado sera terminado con beneficios de desempleo si es uno de los siguientes casos:
- Tener trabajos y temas que participan en un seguro social obligatorio;
- Realizar el servicio militar, la policia popular, la milicia permanente;
- Disfruta de la pension mensual;
- despues de 2 veces de negarse a ser introducido por el Centro sin razones plausibles;
- No notifique la busqueda mensual de empleo de 3 meses consecutivos;
- Ir al extranjero para establecerse;
- Ir a estudiar con un termino de mas de 12 meses;
- Ser sancionado por violaciones administrativas en el campo del seguro de desempleo;
- Morir;
- se incluira en instituciones educativas obligatorias obligatorias/de desintoxicacion;
- ser desaparecido por la corte;
- Ser detenido/cumpliendo condenas de prision;
- A peticion del empleado.
Ley de empleo 2013 En la clausula 3, el articulo 53 solo declaro una serie de razones para rescindir la asignacion y la falta de casos especificos. No hay un articulo claro sobre: milicia permanente; Sancion de violaciones administrativas del seguro de desempleo; Sugerir la terminacion de los subsidios de los propios trabajadores; Ir a estudiar durante 12 meses o mas esta separado (Clausula 3, Articulo 53 de la Ley No. 38/2013/QH13)