El Gobierno acaba de promulgar el Decreto 337/2025/ND-CP que regula los contratos de trabajo electronicos (que entro en vigor el 1 de enero de 2026).
Segun lo dispuesto en el Articulo 5 del Decreto 337/2025/ND-CP los sujetos que participan en la actividad de negociacion y ejecucion de contratos laborales electronicos incluyen: Trabajadores y empleadores autorizados a celebrar contratos laborales de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 18 del Codigo Laboral y el proveedor de eContract garantizando las condiciones estipuladas en el Apartado 3 del Articulo 6 de este Decreto.
Tambien segun el Decreto 337/2025/ND-CP el Contrato de Trabajo Electronico es un contrato de trabajo que se firma y establece en forma de mensaje de datos de acuerdo con las disposiciones de la legislacion laboral y la legislacion sobre transacciones electronicas y tiene el mismo valor legal que un contrato de trabajo en papel.
El apartado 3 del articulo 6 del Decreto 337/2025/ND-CP estipula: El proveedor de eContract debe garantizar las siguientes condiciones:
a) Hay eContracts que cumplan con las condiciones del apartado 1 de este articulo.
b) Tener soluciones tecnologicas para recopilar verificar y comparar garantizar la coincidencia correcta entre la informacion de reconocimiento de organizaciones e individuos y los datos biometricos de los representantes legales de organizaciones e individuos (que son factores y caracteristicas biologicas asociados con los representantes legales de organizaciones e individuos que realizan la identificacion es dificil de falsificar y tiene bajas tasas de coincidencia como huellas dactilares rostros ojos y voz y otros factores biometricos) con la informacion
c) Co Giay phep kinh doanh dich vu tin cay co loai dich vu duoc phep kinh doanh la cung cap dich vu chung thuc thong diep du lieu theo phap luat giao dich dien tu.
Por lo tanto a partir del 1 de enero de 2026 los trabajadores pueden celebrar contratos de trabajo electronicos.