El Sr. T.H. T es un oficial militar enviado a trabajar en la Universidad T.N en 2005, asignado a la tarea de enseñar en el Centro de Educación para la Defensa Nacional y la Seguridad. En 2012, solicitó un cambio de carrera y fue aceptado por la Universidad, asignado a la tarea de profesor en el Centro de Educación para la Defensa Nacional y la Seguridad hasta ahora.
El Sr. T preguntó, ¿se considera el tiempo que trabajó de 2005 a 2012 como tiempo de trabajo en el sector educativo para calcular el tiempo de consideración para otorgar el título de Maestro Meritorio?
De acuerdo con el Artículo 8 de la Ley de Educación para la Defensa Nacional y la Seguridad de 2013: "1. El Centro de Educación para la Defensa Nacional y la Seguridad es una institución educativa, que capacita en conocimientos de defensa nacional y seguridad, habilidades militares para los sujetos de acuerdo con las regulaciones de esta Ley".
Sin embargo, en el párrafo 3 del Artículo 8 del Decreto No. 35/2024/ND-CP se dice sobre "Talentos pedagógicos regulados para cada objeto...", por lo que no se puede determinar a qué punto pertenecen los docentes que trabajan en los Centros de Educación para la Defensa Nacional y la Seguridad. Si se determina que pertenece al punto d del párrafo 3 del Artículo 8, es muy inapropiado, especialmente los criterios para el tema y la orientación doctoral.
El Sr. T preguntó, con la naturaleza específica de los sistemas de Centros de Educación para la Defensa Nacional y la Seguridad en todo el país en la actualidad, ¿qué criterios se aplican a los profesores de los Centros para solicitar el título de Profesor Meritorio según los cuales es apropiado?
Sobre este tema, el Ministerio de Educación y Formación dijo que el tiempo para considerar la concesión del título de Maestro Meritorio se estipula en el párrafo 1, Artículo 8 del Decreto No. 35/2024/ND-CP de fecha 2 de abril de 2024 del Gobierno: "Los maestros tienen un tiempo de enseñanza directa de 15 años o más; para los funcionarios de gestión de instituciones educativas, los funcionarios de gestión en agencias de gestión educativa, los funcionarios de investigación educativa deben tener un tiempo de trabajo en la industria de 20 años o más, incluidos 10 años o más de enseñanza directa".
En comparación con el contenido proporcionado por el Sr. T.H. T, el tiempo de trabajo de asignación en la institución educativa se calcula como el tiempo de trabajo en el sector educativo. Sin embargo, al solicitar la concesión del título de Maestro Meritorio, el individuo debe proporcionar pruebas concretas de la decisión de asignación y la recepción de la asignación de tareas por parte de la autoridad competente para su consideración y decisión.
Criterios para la concesión del título de Maestro Meritorio
El punto d, párrafo 3, Artículo 8 del Decreto No. 35/2024/ND-CP de fecha 2 de abril de 2024 del Gobierno sobre la concesión de los títulos de "Maestro del Pueblo", "Maestro Meritorio" estipula:
Maestros, funcionarios de gestión en instituciones de educación superior, funcionarios de investigación educativa que cumplan con los siguientes estándares:
El jefe de 1 tarea científica y tecnológica a nivel nacional que ha sido aceptada desde el nivel alcanzado o superior o el jefe de 2 tareas científicas y tecnológicas a nivel provincial y ministerial que han sido aceptadas desde el nivel alcanzado o superior.
El autor de 10 artículos científicos, el editor jefe de 1 plan de estudios, el guía de 2 estudiantes de investigación ha defendido con éxito su tesis doctoral".
En comparación con las regulaciones anteriores, no hay suficiente información para determinar si el profesor que trabaja en el Centro de Educación para la Defensa Nacional y la Seguridad que mencionó el Sr. T está actualmente trabajando en el Centro de Educación para la Defensa Nacional y la Seguridad bajo la gestión de qué unidad gestora para verificar si está sujeto a la consideración del título de Profesor del Pueblo - Profesor Meritorio o no (instalación de educación superior o unidad dependiente del Ministerio de Defensa); el puesto de trabajo es profesor o funcionario de gestión,... según la decisión de asignación de tareas.
Por lo tanto, no se ha determinado si es el objeto afectado en el punto d del apartado 3 del artículo 8 del Decreto No. 35/2024/ND-CP o no.
Los sujetos que están sujetos a la consideración para el título de Maestro Meritorio, los criterios que pueden convertirse en logros equivalentes se especifican en el Apéndice 1 del Decreto No. 35/2024/ND-CP.