La Circular 29/2024/TT-BGDDT de fecha 30/12/2024 del Ministerio de Educacion y Formacion que regula las clases particulares entra en vigor a partir del 14 de febrero de 2025. Desde su entrada en vigor, se han enviado muchos problemas y preguntas en torno a esta regulacion al Ministerio de Educacion y Formacion, incluida la pregunta del Sr. N.H.V.
El Sr. H.V dijo que el apartado 1 del articulo 5 de la Circular 29/2024/TT-BGDDT estipula: La enseñanza adicional en la escuela no esta sujeta a la recaudacion de dinero de los estudiantes y solo esta destinada a los estudiantes que se registran para clases adicionales por materia de la siguiente manera: Los estudiantes que tienen resultados academicos de la materia al final del semestre consecutivo en un nivel inferior; Los estudiantes seleccionados por la escuela para formar estudiantes excelentes; Los estudiantes de ultimo grado se registran voluntariamente para repasar los examenes de admision, repasar el examen de graduacion de acuerdo con el plan educativo de la escuela.

Por lo tanto, el hecho de que las escuelas publicas se asocien con centros de idiomas extranjeros, empresas para organizar la enseñanza intensiva de ingles, ingles complementario para estudiantes, ingles con extranjeros... para mejorar la capacidad de ingles de los estudiantes, esta actividad no es tutoria adicional segun la Circular 29/2024.
El Sr. H.V señalo la deficiencia de que los Departamentos de Educacion y Formacion como Ciudad Ho Chi Minh, Dong Nai, Vinh Long, Can Tho... permiten a las unidades implementar esta actividad de formacion. Mientras tanto, algunos lugares, como los Departamentos de Educacion y Formacion de Quang Ninh, Thanh Hoa,... consideran esta actividad como clases particulares, por lo que las unidades no pueden cobrar dinero a los estudiantes.
Por lo tanto, actualmente los Departamentos de Educacion y Formacion no tienen uniformidad en la orientacion de la implementacion de la Circular 29 y diferentes entendimientos. Esperamos que el Ministerio de Educacion y Formacion de su opinion sobre este tema para que las unidades lo implementen de acuerdo con las regulaciones y guien a los Departamentos para que unifiquen esta regulacion", propuso el Sr. H.V.
Sobre este contenido, el Ministerio de Educacion y Formacion dijo que la Circular No. 29/2024/TT-BGDDT ha estipulado claramente el alcance del ajuste y los sujetos de aplicacion en el Articulo 2.
En consecuencia, esta Circular solo ajusta las actividades de enseñanza adicional y aprendizaje adicional en el sentido de actividades de enseñanza complementaria fuera del plan de educacion regular para apoyar, consolidar o mejorar los resultados academicos de las asignaturas en el Programa de Educacion General.
Para las clases particulares en las escuelas, el Articulo 5 de la Circular 29/2024/TT-BGDDT estipula claramente: Esta actividad no esta sujeta a la recaudacion de dinero de los estudiantes y solo se aplica a grupos especificos de sujetos, incluidos los estudiantes que no cumplen con los requisitos de aprendizaje, los estudiantes que reciben formacion para estudiantes excelentes y los estudiantes de ultimo grado que voluntariamente repasan los examenes de acuerdo con el plan educativo de la escuela. Estas son actividades de apoyo al aprendizaje responsables de la escuela, no de naturaleza de servicio.
Para las actividades que el Sr. H.V menciono, tales como: Organizar la enseñanza intensiva de ingles, ingles complementario, aprender ingles con profesores extranjeros a traves de la vinculacion con centros de idiomas extranjeros, empresas, si estas actividades se llevan a cabo de acuerdo con las regulaciones de la ley sobre vinculacion educativa, de acuerdo con las necesidades de los estudiantes, no coinciden con el contenido de las clases particulares estipuladas en el Articulo 5 de la Circular 29/2024/TT-BGDDT, entonces no estan dentro del alcance de la regulacion de esta Circular.
La organizacion de actividades educativas intensivas, las actividades educativas de acuerdo con las necesidades y preferencias legitimas de los estudiantes se llevan a cabo de acuerdo con las regulaciones legales pertinentes y dentro del marco de la autonomia de las instituciones educativas, garantizando la publicidad, la transparencia, la voluntariedad, la autoridad y las regulaciones financieras.
El Ministerio de Educacion y Formacion reconoce la reflexion del Sr. H.V sobre la interpretacion y orientacion de la implementacion de la Circular 29/2024/TT-BGDDT que no es uniforme entre las localidades. En el futuro, el Ministerio continuara revisando, fortaleciendo la orientacion, el intercambio y la direccion de los Departamentos de Educacion y Formacion para implementar la Circular de acuerdo con el alcance del ajuste, asegurando la uniformidad en la organizacion de la implementacion, evitando la aplicacion ampliada o no conforme a las regulaciones de la Circular y los documentos legales relacionados.