La Sra. Vo Thi Ngoc Bich dijo que fue reclutada en 2002 con una licenciatura en pedagogia. Despues de un tiempo de trabajo y las demandas sociales estuve estudiando y complete la universidad hace 10 años pero aun asi no recibi un salario universitario.
En la reciente ronda de clasificacion y ascenso de profesores de secundaria todavia ocupaba el tercer lugar a pesar de cumplir plenamente con los requisitos y certificados de capacitacion y ascenso de profesores de segundo lugar.

La Sra. Ngoc Bich pregunto: '¿A donde necesito enviar una peticion para que se resuelvan mis derechos?
El Ministerio de Educacion y Formacion responde a este problema de la siguiente manera:
Para ser nombrada para el titulo profesional de Maestra de Secundaria de Segunda Clase (codigo V.07.04.31) la Sra. Vo Thi Ngoc Bich debe cumplir con los estandares del titulo profesional de Maestra de Secundaria de Segunda Clase y lograr los resultados en el examen de ascenso de categoria III a categoria II organizado por la autoridad competente.
Entre ellos los estandares y condiciones para el ascenso al titulo profesional de Profesor de secundaria de nivel II (codigo V.07.04.31) se implementan de acuerdo con las regulaciones del Articulo 7 de la Circular No. 13/2024/TT-BGDDT.
Se solicita a la Sra. Bich que investigue prepare los estandares y condiciones necesarios y se registre para participar en el examen de ascenso del titulo profesional de maestro de secundaria de nivel III a nivel II cuando la autoridad competente local lo organice.
El articulo 7 de la Circular No. 13/2024/TT-BGDDT regula los Estandares y condiciones para el ascenso al titulo profesional de profesor de secundaria de nivel II (codigo V.07.04.31) de la siguiente manera:
Los estudiantes de secundaria y preparatoria estan registrados para la consideracion del ascenso al titulo profesional de maestro de secundaria y preparatoria (codigo V.07.04.31) cuando cumplan con los siguientes criterios y condiciones:
1. Ha sido nombrado para el titulo profesional de maestro de secundaria de grado III (codigo V.07.04.32).
2. Durante el tiempo de ocupacion del titulo profesional de maestro de secundaria de nivel III y equivalente con 3 años de trabajo consecutivos antes del año de consideracion para el ascenso el titulo profesional esta clasificado como de calidad en el nivel de buena finalizacion de la tarea o mas; tiene buenas cualidades politicas y etica profesional; no dentro del plazo para el manejo disciplinario; no dentro del tiempo para implementar las regulaciones relacionadas con la disciplina de acuerdo con las regulaciones del Partido y la ley.
3. Cumpliendo con los estandares de nivel de formacion y capacitacion del titulo profesional de maestro de secundaria de grado II de acuerdo con lo dispuesto en el punto a apartado 3 articulo 4 de la Circular No. 03/2021/TT-BGDDT de fecha 2 de febrero de 2021 del Ministro de Educacion y Formacion que regula el codigo de identificacion los estandares de titulo profesional y el nombramiento y el ascenso de funcionarios docentes en las escuelas secundarias publicas y el apartado 2 del articulo 3 de la Circular No. 08/2023/TT-BGDDT.
4. Cumplir con los estandares de capacidad profesional y profesional del titulo de maestro de secundaria de grado II de acuerdo con las regulaciones en los puntos a) b) c) d) e) e) g) del apartado 4 del articulo 4 de la Circular No. 03/2021/TT-BGDDT y el apartado 3 del articulo 3 de la Circular No. 08/2023/TT-BGDDT.
5. Cumpliendo con los requisitos sobre el tiempo de permanencia en el titulo profesional de profesor de secundaria de grado III (incluido el tiempo de permanencia en el titulo equivalente) de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del articulo 3 de la Circular No. 08/2023/TT-BGDDT. En el caso de que los profesores antes de ser reclutados y aceptados hayan tenido un periodo de trabajo de acuerdo con las disposiciones de la ley y hayan pagado el seguro social obligatorio se implementa de acuerdo con las regulaciones del Gobierno en el punto d del apartado 1 del articulo