El Sr. Tran Xuan Giang (Ca Mau) envió una pregunta al Ministerio del Interior con el contenido:
La Sra. A, ocupa el cargo de directora de la guardería X, una unidad de servicio público dependiente del Comité Popular del distrito. En octubre de 2024, la Sra. A fue disciplinada por el Partido y disciplinada por el gobierno con la forma de reprimenda.
Implementando el gobierno local de 2 niveles, el 29 de junio de 2025, el Presidente del Comité Popular Provincial emitió una decisión para transferir el estado original de las guarderías del Comité Popular del distrito al Comité Popular de la comuna para su gestión. En el momento del cambio al estado original mencionado anteriormente, la Sra. A todavía estaba dentro del período disciplinario de reprimenda (menos de 1 año desde la fecha en que la decisión disciplinaria entró en vigor).

De acuerdo con la Regulación No. 296-QD/TW de fecha 30 de mayo de 2025 del Comité Ejecutivo Central sobre el trabajo de inspección, supervisión y aplicación de la disciplina del Partido: "Los miembros del Partido que sean disciplinados con una reprimenda dentro de un período de 01 año a partir de la fecha en que la decisión disciplinaria entre en vigor no serán planificados, nombrados o reelegidos a cargos equivalentes y superiores".
El Sr. Tran Xuan Giang (Ca Mau) preguntó, en el caso mencionado anteriormente, al llevar a cabo la transferencia del estado original de las guarderías al Comité Popular Comunal para su gestión, ¿está la Sra. A calificada para ser nombrada o reconocida como directora? ¿Es la continuación de la disposición de la Sra. A para ocupar el cargo de directora (si lo hay) consistente con las regulaciones sobre disciplina del Partido y disciplina administrativa vigentes?
Sobre este tema, el Ministerio del Interior dijo que el Artículo 32 de la Regulación No. 37-QD/TW de fecha 8 de octubre de 2025 del Buró Político sobre la descentralización de la gestión de cuadros y la planificación, nombramiento, presentación de candidatos, suspensión temporal del trabajo, destitución del cargo, destitución de cuadros estipula:
2. No considerar, nombrar, presentar candidatos para ocupar cargos superiores, pero se considera reelegir, presentar para la reelección para los casos de funcionarios que han sido disciplinados en forma de reprimenda o advertencia y que ahora han expirado el plazo de disciplina pero no han cumplido el plazo según lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo, si el funcionario cumple con los estándares y condiciones según lo prescrito.
3. No nombrar ni presentar candidatos para ocupar cargos superiores, pero se puede considerar y sopesar cuidadosamente cada caso para volver a nombrar y presentar a la reelección para: Funcionarios que actualmente están en período de disciplina en forma de reprimenda (excepto en casos de violación de puntos de vista políticos; violación de los principios de organización y operación del Partido; búsqueda de puestos y poder en el trabajo de personal; abuso de cargo y poder para beneficio personal; violación de las regulaciones sobre la responsabilidad de dar ejemplo, causando un impacto negativo en el prestigio de la organización del partido y causando indignación en la opinión pública)".
El párrafo 24 del Artículo 1 del Decreto No. 85/2025/ND-CP estipula: "Los funcionarios públicos que sean disciplinados durante el tiempo que ocupen cargos no serán nombrados ni recomendados para presentarse a cargos superiores dentro del plazo establecido por el Partido y la ley".
El Ministerio también solicitó al Sr. Tran Xuan Giang que estudiara las regulaciones anteriores para su implementación.