El Ministerio de Educación y Formación está recabando opiniones sobre el Proyecto de Circular que promulga el Reglamento de admisión a nivel universitario y universitario para la especialidad de Educación Infantil, que se espera que se aplique a partir de 2026.
Según el Proyecto, para los programas de formación en el campo de la salud que tienen licencia para ejercer utilizando los resultados del examen de graduación de la escuela secundaria o la escuela secundaria vocacional, el umbral de admisión es presidido por el Ministro de Educación y Formación, en coordinación con el Ministro de Salud. Esta regulación se aplica uniformemente a nivel nacional, contribuyendo a garantizar la calidad de la admisión para las industrias de formación de recursos humanos médicos.

Los programas de formación pertenecientes a este grupo incluyen Enfermería, Medicina Preventiva, Obstetricia, Ingeniería de Pruebas Médicas, Ingeniería de Imágenes Médicas, Ingeniería de Rehabilitación Funcional, Ingeniería de Restauración Dental y otras carreras relacionadas según lo prescrito por la ley.
Para la admisión en otras formas regulares o métodos de admisión que no utilizan completamente los resultados del examen de graduación de la escuela secundaria superior, el Proyecto estipula que los candidatos que se presenten a programas de formación en el campo de la salud con licencia de ejercicio profesional deben alcanzar el umbral de admisión según las regulaciones generales o cumplir con condiciones específicas sobre los resultados académicos y los resultados del examen.
Específicamente, los candidatos con resultados académicos promedio generales de nivel de escuela secundaria se evalúan como buenos, equivalentes a un buen rendimiento académico o superior, y al mismo tiempo la puntuación total de las tres asignaturas del examen de graduación de la escuela secundaria según la combinación de admisión alcanza a partir de 20 puntos o la puntuación de consideración de graduación alcanza a partir de 8,5 o superior, entonces cumplen con los requisitos del umbral de admisión.
Para algunos programas de formación pertenecientes a grupos de carreras de salud como Enfermería, Obstetricia, Medicina Preventiva y carreras de ingeniería médica, el Proyecto permite aplicar un umbral de admisión más adecuado a las características de la formación. En consecuencia, los candidatos pueden lograr resultados académicos promedio generalmente calificados como buenos en la escuela secundaria, con una puntuación total de tres materias del examen de graduación de la escuela secundaria superior de 16,5 puntos o más o una puntuación de consideración de graduación de 6,5 o más.
El borrador de la Circular también estipula el umbral de admisión para los candidatos que se hayan graduado con un nivel intermedio o superior en el mismo grupo de carreras que solicitan programas de formación en el campo de la salud con licencia para ejercer.
Según las regulaciones, los candidatos pueden postularse cuando cumplan una de las condiciones sobre los resultados académicos en la escuela secundaria, los resultados de graduación de nivel medio, colegio o universidad que alcancen el tipo bueno, excelente, o tengan experiencia laboral que coincida con la especialización de formación según el tiempo estipulado. Para el grupo de carreras de Enfermería, Obstetricia, Medicina Preventiva y las carreras de Ingeniería Médica, el umbral de admisión se aplica de acuerdo con la naturaleza de la práctica profesional, pero aún garantiza los requisitos mínimos sobre el nivel y la capacidad del estudiante.
Aunque se les otorga autonomía en la admisión, las instituciones de formación no pueden determinar el umbral de admisión para los programas de formación en el campo de la salud que emiten licencias profesionales por debajo del nivel mínimo regulado.
La publicación del umbral de admisión debe realizarse antes de la fecha de finalización del registro de admisión de acuerdo con el plan de admisión anual y garantizar los requisitos del estándar del programa de formación.
El borrador también establece regulaciones, los candidatos pueden registrar un máximo de 10 aspiraciones en programas de capacitación, diferentes instituciones de educación superior; las aspiraciones deben estar dispuestas en orden de prioridad de mayor a menor. En el caso de que muchas aspiraciones cumplan con las condiciones para ser admitidas, los candidatos solo serán reconocidos como admitidos y convocados para la admisión de acuerdo con la aspiración más alta.
Los programas de formación de profesores solo consideran la admisión de candidatos que se inscriban en deseos en orden de 1 a 3.