La Sra. Tran Hang (Quang Tri) tiene una decision de emplazamiento en diciembre de 2025, pasantia de 1 año en el nivel salarial 1, coeficiente 2,34. En el examen de contratacion de funcionarios publicos, estaba estudiando una maestria durante 1 año, y en 2016 recibio una maestria. Actualmente, ha trabajado durante 8 años y 7 meses (sin contar el tiempo de pasantia) y recibe un salario de nivel 3, coeficiente 3,0.
Al solicitar la promocion, la Sra. Hang presento todos los titulos universitarios y de maestria y cumplio con todas las demas condiciones. Segun la Circular No. 08/2023/TT-BGDDT, en el caso de que un profesor solicite o considere la promocion a un titulo profesional de escuela secundaria de grado II (codigo V.07.05.14), si ya tiene un titulo de maestria, cumple con los estandares de nivel educativo de un profesor de escuela secundaria de grado II y tiene un tiempo de ocupacion del titulo profesional de profesor de escuela secundaria de grado III (codigo V.07.05.15) o equivalente a 6 años o mas (sin incluir el tiempo de pasantia) hasta la fecha de la consideracion de la promocion, se determina que cumple con los requisitos de tiempo de ocupacion segun lo dispuesto en el punto i del apartado 4 del articulo 4 de esta Circular.

La Sra. Hang pregunto, si el Departamento de Educacion y Formacion considera el ascenso de rango de acuerdo con la Circular No. 08/2023/TT-BGDDT, ¿es ella elegible en terminos de tiempo para mantener el rango III (mas de 6 años)? Si es asi, ¿es correcto que sea ascendida del rango III al rango II, transfiriendo el salario del nivel 3, coeficiente 3.0 (puesto III) actual al nivel 1, coeficiente 4.0 (puesto II)?
El Ministerio de Educacion y Formacion responde a esta pregunta de la siguiente manera:
El apartado 2 del articulo 9 de la Circular No. 04/2021/TT-BGDDT ha sido modificado y complementado en el apartado 6 del articulo 4 de la Circular No. 08/2023/TT-BGDDT que estipula:
En el caso de que los profesores que se presenten al examen o consideren el ascenso de titulo profesional de Profesor de escuela secundaria de grado II (codigo V.07.05.14) tengan una maestria, cumplan con los estandares de nivel educativo de Profesor de escuela secundaria de grado II y tengan un tiempo de ocupacion del titulo profesional de Profesor de escuela secundaria de grado III (codigo V.07.05.15) o equivalente a 06 (seis) años o mas (sin contar el tiempo de practicas) hasta la fecha de finalizacion del plazo para presentar la solicitud de examen o consideracion del ascenso, se determina que cumplen con los requisitos para el tiempo de ocupacion del titulo de acuerdo con lo dispuesto en el punto i, parrafo 4, Articulo 4 de esta Circular".
Si la Sra. Tran Hang tiene un titulo de maestria, cumpliendo con los estandares de formacion de los profesores de secundaria de grado II, entonces su tiempo de trabajo de 8 años y 7 meses se determina que cumple con los requisitos del tiempo de retencion de rango para registrarse para la consideracion de ascenso a un titulo profesional de profesor de secundaria de grado II.
Si la Sra. Hang es admitida en el examen de ascenso al titulo profesional de profesora de secundaria de grado II, se aplicara el coeficiente salarial de los funcionarios de tipo A2, grupo A2.2, desde el coeficiente salarial de 4.0 hasta el coeficiente salarial de 6.38.
La clasificacion salarial al ser nombrado en la categoria de titulo profesional se lleva a cabo de acuerdo con las directrices en el parrafo 1 del Articulo II de la Circular No. 02/2007/TT-BNV de fecha 25 de mayo de 2007 del Ministro del Interior que guia la clasificacion salarial al ascender, cambiar de rango, cambiar de tipo de funcionarios publicos y empleados publicos y de acuerdo con las regulaciones legales vigentes.
El Sr. Hoang dijo que el Sr. Hoang, el Sr. Hoang, el Sr. Hoang, el Sr. Hoang, el Sr. Hoang, el Sr. Hoang, el Sr. Hoang, el Sr. Hoang, el Sr. Hoang, el Sr. Hoang, el Sr. Hoang.