El Ministerio de Educación y Formación acaba de emitir la Circular 31/2026/TT-BGDĐT, unificando el nombramiento de títulos y la clasificación salarial para todos los docentes en el sistema educativo público. Un punto notable es que el mecanismo de clasificación salarial está estandarizado según la categoría de título, aplicado uniformemente en todo el país.
Clasificación salarial por categoría de título profesional
Según las nuevas regulaciones, los profesores que sean nombrados para cualquier puesto recibirán un salario correspondiente a ese puesto. El sistema de puestos se divide en 3 categorías principales (I, II, III) para los profesores de todos los niveles; los profesores de colegios y universidades incluyen profesores, profesores titulares y profesores de alto nivel.
Toda la clasificación salarial continúa basándose en la tabla salarial del Decreto 204/2004/ND-CP. En la que:
Profesor de preescolar:
Categoría III: A0 (2,10 – 4,89)
Puesto II: A1 (2,34 – 4,98)
Categoría I: A2. 2 (4,00 – 6,38)
Profesores de primaria, secundaria y preparatoria:
Puesto III: A1 (2,34 – 4,98)
Categoría II: A2. 2 (4,00 – 6,38)
Categoría I: A2. 1 (4,40 – 6,78).
Educación vocacional (primaria, secundaria): Existe diferenciación por nivel (colegio, universidad)
El más alto es hasta A3.2 (5,75 - 7,55) para profesores de Grado I.
Profesores universitarios:
A1 (2,34 – 4,98)
Profesor principal: A2. 1 (4,40 – 6,78)
Profesor titular: A3. 1 (6,20 – 8,00).
La nueva regulación no cambia el nivel salarial de inmediato, sino que mantiene el coeficiente según cada grupo de rangos de funcionarios públicos.
Los profesores que desean ser nombrados o ascendidos deben cumplir con los estándares del título correspondiente. La clasificación salarial está directamente relacionada con el puesto de trabajo y la capacidad profesional, en lugar de basarse únicamente en la antigüedad.
Transferencia y reorganización en la dirección de la herencia, sin causar confusión
Los profesores que actualmente ocupan qué rango serán asignados a un rango correspondiente según el nuevo código, manteniendo al mismo tiempo el coeficiente salarial. Esta regulación ayuda a evitar la situación de "caída de rango" o reducción de ingresos al aplicar la nueva política.
Para los profesores de escuelas secundarias, colegios y universidades, la clasificación salarial tiene una diferenciación según el nivel de formación (colegio, universidad, posgrado) y la categoría de título, creando espacio para aumentar los ingresos para el grupo de alto nivel.
Existe una hoja de ruta de transición para los profesores que no cumplen con los estándares
Los profesores que no cumplan con los estándares de cualificación seguirán manteniendo el mismo título y el mismo coeficiente salarial actual; cuando se completen las condiciones, serán nombrados y clasificados salarialmente de acuerdo con las nuevas regulaciones. Algunos casos que no estén sujetos a un aumento de estándar se mantendrán hasta la jubilación.
Sirviendo de base para la reforma salarial
La Circular también establece claramente que, al implementar la nueva política salarial, la transferencia se llevará a cabo de acuerdo con las regulaciones del Gobierno. Esto muestra que esta estandarización es un paso preparatorio para rondas de reformas más profundas en el futuro.