Cosas que los profesores no deben hacer a partir del 1 de enero de 2026
El articulo 11 de la Ley de Profesores estipula que los profesores no pueden hacer las siguientes cosas:
1. Los docentes en instituciones educativas publicas no pueden hacer cosas que los funcionarios no pueden hacer de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre funcionarios y otras disposiciones de la ley pertinentes. Los docentes en instituciones educativas no publicas no pueden realizar actos prohibidos en el campo laboral de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre trabajo y otras disposiciones de la ley pertinentes.

2. Ademas de las disposiciones del apartado 1 de este articulo los profesores no pueden hacer las siguientes cosas:
Discriminar a los estudiantes de todas las formas;
Falsificacion deliberada de resultados en las actividades de admision y evaluacion de estudiantes;
Obligar a los estudiantes a participar en el aprendizaje adicional de cualquier forma;
Obligar a los estudiantes a pagar dinero o objetos fuera de las disposiciones de la ley;
Abusar del titulo de profesor y de las actividades profesionales para cometer actos ilegales.
3. Las cosas que las organizaciones e individuos no deben hacer a los maestros incluyen:
No implementar plenamente los regimenes y politicas para los docentes de acuerdo con las disposiciones de la ley;
Publicar y difundir informacion que este vinculante a la responsabilidad de los docentes en las actividades profesionales sin una conclusion de la autoridad competente;
Las cosas que no se pueden hacer otras de acuerdo con las disposiciones de la ley.
Formas de disciplina para los profesores
El articulo 35 de la Ley de Profesores 2025 estipula la forma de tratamiento disciplinario para los profesores de la siguiente manera:
El manejo disciplinario de los profesores que son empleados publicos en instituciones educativas publicas se lleva a cabo de acuerdo con las regulaciones sobre el manejo disciplinario de los empleados publicos de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre empleados publicos y otras disposiciones de la ley pertinentes.
El manejo disciplinario de los profesores que trabajan bajo el regimen de contrato laboral en instituciones educativas publicas y instituciones educativas no publicas se lleva a cabo de acuerdo con las regulaciones sobre el manejo disciplinario de los trabajadores de acuerdo con las disposiciones de la ley laboral las regulaciones sobre la organizacion y las actividades de las instituciones educativas y otras disposiciones de la ley pertinentes.
El manejo disciplinario de los docentes no debe afectar las actividades de aprendizaje de los estudiantes. El proceso de consideracion y manejo disciplinario de los docentes debe garantizar la humanidad y proteger la imagen y el prestigio de los docentes.
Caso de profesores suspendidos temporalmente de la enseñanza
El articulo 36 de la Ley de Profesores regula la suspension temporal de la enseñanza de la siguiente manera:
Dentro del plazo de consideracion y tratamiento disciplinario el jefe de la institucion educativa decide suspender temporalmente la enseñanza de los docentes si la continuacion de la enseñanza puede dificultar la consideracion y el tratamiento disciplinario o afectar el prestigio de los docentes y la psicologia de los estudiantes; en caso de que el jefe de la institucion educativa tenga signos de violacion la autoridad competente nombra al jefe de la institucion educativa para que emita una decision de suspension temporal de la enseñanza.
Para los docentes en instituciones educativas publicas el tiempo de suspension temporal de la enseñanza y el salario durante la suspension temporal de la enseñanza se implementan de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre funcionarios publicos y otras disposiciones de la ley pertinentes.
Para los docentes en instituciones educativas no publicas el tiempo de suspension temporal de la enseñanza y el salario durante la suspension temporal de la enseñanza se implementan de acuerdo con las disposiciones de la ley laboral y otras disposiciones de la ley relacionada.