El Decreto No. 252/2026/ND-CP del Gobierno especifica las responsabilidades de los contribuyentes al llevar a cabo los procedimientos para poner fin a la validez del código de identificación fiscal.
El Decreto se promulgó el 30 de junio de 2026 y entró en vigor el 1 de julio de 2026, al mismo tiempo que se aplicaron oficialmente la mayoría de las disposiciones de la Ley de Administración Tributaria No. 108/2025/QH15.
Hay que completar los impuestos restantes.
De acuerdo con el punto d, párrafo 1, Artículo 7 del Decreto No. 252/2026/ND-CP, al poner fin a la validez del código fiscal, el contribuyente debe completar la obligación de presentar la declaración de impuestos, pagar impuestos y manejar la cantidad de impuestos pagados en exceso, la cantidad de impuesto al valor agregado no deducible, si la hay.
Las obligaciones que deben cumplirse no solo incluyen las obligaciones que surgen según el código de identificación fiscal principal, sino que también incluyen las obligaciones fiscales de la unidad dependiente, el lugar de negocio y las obligaciones fiscales según el código de identificación fiscal pagado en su lugar, si los hay.
En el caso de que el contribuyente sea la unidad gestora con unidades dependientes, todas las unidades dependientes deben completar los trámites para poner fin a la validez del código de identificación fiscal antes de que se ponga fin al código de identificación fiscal de la unidad gestora.
Esta regulación significa que las empresas no pueden realizar procedimientos solo para la sede central mientras que el código de identificación fiscal de la sucursal, el lugar de negocio o la unidad dependiente aún no se ha procesado.
Además de los requisitos específicos al poner fin a la validez del código de identificación fiscal, el apartado 2 del artículo 37 de la Ley de Administración Tributaria No. 108/2025/QH15 estipula que los contribuyentes tienen la obligación de declarar impuestos de forma precisa, veraz y completa; presentar los expedientes a tiempo; pagar íntegramente los impuestos, los pagos atrasados, las multas y cumplir con las regulaciones sobre contabilidad, facturas y documentos.
Los documentos deben presentarse en 10 días hábiles.
Para los contribuyentes que están sujetos a registro fiscal directo con la autoridad fiscal, el expediente de terminación de la validez del código fiscal debe presentarse a la autoridad fiscal de gestión directa dentro de los 10 días hábiles.
Este plazo se calcula a partir de la fecha del documento de cesación de la actividad, el documento de cesación de la actividad comercial o la fecha de finalización del contrato, según el caso.
Para las empresas, cooperativas, hogares de negocios y sujetos que se registran para pagar impuestos bajo el mecanismo de ventanilla única interconectada, al disolver o terminar las operaciones, el contribuyente realiza el registro de disolución, terminando las operaciones en la agencia de registro de negocios después de completar las obligaciones tributarias de acuerdo con las regulaciones.
Después de ser rescindido por la autoridad fiscal, el código fiscal no puede seguir utilizándose en facturas, documentos, expedientes fiscales, expedientes de apertura de cuentas y transacciones comerciales y financieras directamente relacionadas con las obligaciones fiscales.
El código de identificación fiscal solo se puede seguir utilizando después de que la autoridad fiscal restablezca su validez de acuerdo con las regulaciones.