El 5 de febrero de 2026, el Departamento de Aduanas (Ministerio de Finanzas) emitió el documento oficial urgente No. 9577/CHQ-GSQL enviado a las Subdirecciones Regionales de Aduanas sobre la inspección estatal de la seguridad alimentaria.
Según el Departamento de Aduanas, el 4 de febrero de 2026, el Gobierno emitió la Resolución No. 09/2026/NQ-CP sobre la suspensión temporal de la validez y el ajuste del plazo de aplicación del Decreto No. 46/2026/ND-CP de fecha 26 de enero de 2026 y la Resolución No. 66/13/2026/NQ-CP de fecha 27 de enero de 2026.
Sobre esa base, el Departamento de Aduanas solicita al Jefe de la Subdirección de Aduanas Regional que dirija a las unidades aduaneras subordinadas en base a las regulaciones del Artículo 2 de la Resolución No. 09/2026/NQ-CP para llevar a cabo los procedimientos aduaneros para bienes que son alimentos, aditivos alimentarios, auxiliares de procesamiento de alimentos, herramientas, materiales de envasado, que contienen alimentos importados. Este contenido también se aplica a las declaraciones de aduana registradas pero no despachadas.
El Departamento de Aduanas enfatiza el requisito de organizar a los líderes y funcionarios públicos en la unidad para que estén de servicio las 24 horas del día, los 7 días de la semana para garantizar que el despacho de aduanas se lleve a cabo rápidamente, dando prioridad a los envíos de alimentos importados pendientes. Las unidades son responsables ante el Director del Departamento de Aduanas si se producen situaciones negativas, acoso o se prolonga el tiempo de despacho de aduanas en la unidad.
Además, el Departamento de Aduanas solicita a las subdirecciones de aduanas regionales que informen oportunamente sobre las dificultades y obstáculos que surjan en el proceso de resolución de los procedimientos aduaneros para los envíos de alimentos importados al Departamento de Aduanas, a través del Comité de Supervisión de Gestión Aduanera, para recibir orientación sobre el manejo. La presentación de informes oportunos tiene como objetivo garantizar que no se produzcan atascos de mercancías en la puerta fronteriza.