En el Portal de Información del Ministerio de Finanzas, los lectores reflejan que el negocio de servicios de restaurantes y comidas para grupos de clientes por porciones fijas es una forma común.
Sin embargo, al emitir facturas electrónicas, muchos establecimientos comerciales se enfrentan a dificultades para mostrar los nombres de los platos y cómo separar las tasas impositivas para los artículos con diferentes tasas impositivas, como la comida (8%) y la cerveza y los refrescos (10%).
El Ministerio de Finanzas responde a esta pregunta de la siguiente manera:
Sobre las regulaciones sobre cómo mostrar el nombre del servicio de comida por porción en la factura.
De acuerdo con el párrafo 1 del Artículo 10 del Decreto No. 254. 2026. ND-CP de fecha 30 de junio de 2026 del Gobierno que regula los contenidos que deben estar en la factura y el punto 5 del Anexo "Contenido de la factura" adjunto a este Decreto:
En la factura debe figurar el nombre de los bienes y servicios negociados en vietnamita de acuerdo con las regulaciones legales.
En el caso de vender bienes de muchos tipos diferentes, el nombre del bien se muestra detalladamente hasta el tipo.
Sin embargo, para los alimentos y bebidas, la ley permite la deducción del caso de cobrar por ración, por porción.
Con respecto al manejo de facturas cuando los grupos de clientes usan bebidas adicionales como refrescos y cerveza con una tasa de IVA del 10%, diferente de la tasa de impuesto sobre la comida del 8%, las regulaciones de implementación son las siguientes:
La tasa impositiva del impuesto al valor agregado mostrada en la factura es la tasa impositiva del impuesto al valor agregado correspondiente a cada tipo de bienes y servicios de acuerdo con las regulaciones de la ley sobre el impuesto al valor agregado.
En el caso de que en la factura haya artículos con diferentes tipos impositivos, el vendedor muestra en efectivo sin impuesto al valor agregado, tipo impositivo del impuesto al valor agregado, importe total del impuesto al valor agregado según cada tipo de tipo impositivo, importe total del impuesto al valor agregado, importe total pagado con impuesto al valor agregado en la misma factura.
Esta regulación cumple con el punto d, párrafo 1, Artículo 10 del Decreto No. 254/2026. ND-CP de fecha 30 de junio de 2026 del Gobierno.