Segun el apartado 1 del articulo 55 de la Ley de Gestion Tributaria de 2019 que regula el plazo de pago de impuestos en los casos en que el contribuyente paga impuestos el plazo de pago de impuestos mas lento es el ultimo dia del plazo de pago de la solicitud de declaracion de impuestos. En el caso de la declaracion complementaria de la solicitud de declaracion de impuestos el plazo de pago de impuestos es el plazo de pago de la solicitud de declaracion de impuestos del periodo de calculo de impuestos incorrecto.
Para el impuesto sobre la renta de las empresas que se paga temporalmente trimestralmente el plazo de pago del impuesto es a mas tardar el 30 del primer mes del proximo trimestre.
Para el petroleo crudo el plazo para pagar el impuesto sobre los recursos naturales y el impuesto sobre la renta corporativa por volumen de exportacion de petroleo crudo es de 35 dias a partir de la fecha de exportacion para el petroleo crudo vendido en el pais o a partir de la fecha de despacho de aduanas de los bienes de acuerdo con las disposiciones de la ley de aduanas para el petroleo crudo exportado.
Para el gas natural el plazo para pagar el impuesto sobre los recursos naturales y el impuesto sobre la renta corporativa es mensual.
En consecuencia en el caso de que el contribuyente pague impuestos el plazo para pagar el impuesto sobre la renta personal (TNCN) es el ultimo dia del plazo para presentar los documentos de declaracion de impuestos.
En el caso de la declaracion complementaria de los documentos de declaracion de impuestos la fecha limite para el pago del impuesto sobre la renta personal es la fecha limite para el pago de los documentos de declaracion de impuestos del periodo de calculo de impuestos incorrectos o incompletos.
Ademas de eso de acuerdo con el apartado 2 del articulo 44 de la Ley de Administracion Tributaria de 2019 que estipula el plazo para presentar la solicitud de declaracion del impuesto sobre la renta personal de la siguiente manera:
El plazo para presentar el expediente de declaracion de impuestos para el tipo de impuesto con periodo de calculo de impuestos anual se estipula de la siguiente manera:
A mas tardar el ultimo dia del tercer mes a partir de la fecha de finalizacion del año calendario o año fiscal para el expediente de liquidacion de impuestos anual; a mas tardar el ultimo dia del primer mes del año calendario o año fiscal para el expediente de declaracion de impuestos anual;
El mas rapido es el ultimo dia del cuarto mes a partir del final del año calendario para los expedientes de liquidacion del impuesto sobre la renta personal de las personas que liquidan directamente el impuesto;
El mas rapido es el 15 de diciembre del año anterior inmediato para los expedientes de declaracion de impuestos de cobro de hogares empresariales y particulares que pagan impuestos por metodo de cobro; en el caso de hogares empresariales y particulares que inician nuevos negocios el plazo para presentar el expediente de declaracion de impuestos de cobro es de al menos 10 dias a partir de la fecha de inicio del negocio.
En comparacion con las disposiciones anteriores el plazo para pagar el IRPF mas lento es el ultimo dia del primer mes del año calendario o del año fiscal para los expedientes de declaracion de impuestos del año. En caso de que despues de este tiempo el contribuyente deba pagar el IRPF se basara en el punto a apartado 2 del articulo 59 de la Ley de Administracion Tributaria de 2019 para calcular el nivel de pago tardio del IRPF en el 0,03%/dia sobre el pago tardio del IRPF.
En el caso de que despues de 30 dias a partir de la fecha de vencimiento del plazo de pago de impuestos el contribuyente no haya pagado el impuesto el pago tardio el organismo de gestion tributaria notificara al contribuyente la cantidad de impuestos y multas restantes y la fecha de pago tardio.
En el caso de la declaracion complementaria de los documentos de declaracion de impuestos la fecha limite para el pago del impuesto sobre la renta personal es la fecha limite para el pago de los documentos de declaracion de impuestos del periodo de calculo de impuestos incorrectos o incompletos.