De acuerdo con el Artículo 4 de la Circular 50/2026/TT-BTC, se estipula lo siguiente:
Artículo 4. Eficacia de la implementación
1. Esta Circular entra en vigor a partir de la fecha de su firma y promulgación.
2. Los hogares empresariales, las personas físicas que operan con ingresos anuales de 01 mil millones de VND o menos, que no hayan presentado la solicitud de declaración de impuestos para el primer trimestre de 2026 o que no hayan enviado la Notificación del número de cuenta/número de número de billetera electrónica de acuerdo con las regulaciones de la Circular 18/2026/TT-BTC, deben enviar la Notificación del número de cuenta/número de número de billetera electrónica de acuerdo con el Formulario No. 01/BK-STK emitido junto con la Circular No. 18/2026/TT-BTC a más tardar el 31 de julio de 2026.
3. En el proceso de implementación, si hay dificultades o obstáculos, se solicita a las unidades y establecimientos comerciales que informen oportunamente al Ministerio de Finanzas para su resolución.
Por lo tanto, los hogares empresariales, las personas físicas que operan con ingresos anuales de 01 mil millones de VND o menos, que no han presentado la solicitud de declaración de impuestos para el primer trimestre de 2026 o que no han enviado la notificación del número de cuenta/número de número de billetera electrónica de acuerdo con las regulaciones de la Circular 18/2026/TT-BTC, deben enviar la Notificación del número de cuenta/número de número de billetera electrónica de acuerdo con el Formulario No. 01/BK-STK emitido junto con la Circular 18/2026/TT-BTC a más tardar el 31 de julio de 2026.
Además, de acuerdo con el párrafo 1 del Artículo 4 de la Circular 18/2026/TT-BTC y el Artículo 9 del Decreto 68/2026/ND-CP, los hogares empresariales que recién comiencen a operar en los primeros 6 meses de 2026 con ingresos de 01 mil millones de VND o menos, la notificación del número de cuenta en el apéndice de la declaración de ingresos también debe ser a más tardar el 31 de julio de 2026.