El esposo tiene derecho al regimen de maternidad cuando la esposa da a luz.
El regimen de maternidad se implementa de acuerdo con la Ley de Seguro Social de 2024 con muchos puntos nuevos en terminos de tiempo, nivel de beneficio y subsidios.
De acuerdo con el Articulo 50 de la Ley de Seguro Social de 2024, los trabajadores varones que participan en el seguro social (BHXH) estan obligados a disfrutar del regimen de maternidad cuando su esposa da a luz o su esposa es madre sustituta.
Segun las regulaciones, el regimen de maternidad se aplica a muchos sujetos, incluidos los trabajadores varones que participan en el seguro social obligatorio con esposas que dan a luz. Este es un punto que afirma claramente los derechos del marido, no solo las trabajadoras pueden disfrutar del regimen de maternidad.
La ley tambien estipula las condiciones para pagar el seguro social para algunos casos de disfrute de la maternidad, como las trabajadoras que dan a luz, la maternidad subrogada, la adopcion de niños menores de 6 meses. Sin embargo, para los trabajadores varones cuyas esposas dan a luz, la ley no establece condiciones sobre el tiempo minimo de cotizacion al seguro social, solo se requiere que esten participando en el seguro social obligatorio en el momento en que la esposa da a luz.
Ademas, en el caso de que la trabajadora cumpla con las condiciones para disfrutar del regimen de maternidad pero rescinda el contrato laboral antes del momento del parto, todavia se resuelve el regimen de acuerdo con las regulaciones. El periodo de licencia para disfrutar del regimen de maternidad no se calcula como el periodo de cotizacion al seguro social.
¿Cuantos dias tiene libre el marido cuando su esposa da a luz a gemelos?
Con respecto al tiempo de licencia para disfrutar del regimen de maternidad de los trabajadores masculinos cuando la esposa da a luz, el Articulo 53 de la Ley de Seguro Social de 2024 estipula especificamente:
Los trabajadores varones tienen 5 dias de descanso laboral cuando su esposa da a luz a un bebe normal.
Se les da un dia libre de 7 dias habiles si la esposa tiene que someterse a una cirugia o tiene hijos menores de 32 semanas de edad.
En el caso de que la esposa tenga gemelos, los trabajadores varones tienen 10 dias habiles libres. Si tienen tres o mas hijos, tienen 3 dias habiles libres adicionales para cada hijo a partir del tercer hijo.
En el caso de que una esposa gemelos tenga que someterse a una cirugia, los trabajadores varones tienen 14 dias habiles libres. Si tienen un tercer hijo o mas y tienen que someterse a una cirugia, tambien tienen 3 dias habiles libres adicionales para cada hijo a partir del tercer hijo.
Por lo tanto, en el caso de una esposa que da a luz a gemelos, el esposo que participa en el seguro social obligatorio tiene derecho a un dia libre de 10 a 14 dias habiles, dependiendo de si es parto natural o cesarea.
Adicion de nuevas regulaciones a partir del 1 de julio de 2026
En particular, a partir del 1 de julio de 2026, el punto c del apartado 2 del articulo 53 de la Ley de Seguro Social de 2024 se modifico y complemento de acuerdo con la Ley de Poblacion de 2025. En consecuencia, la ley añade el caso de que los trabajadores masculinos cuyas esposas tengan un segundo hijo tambien tengan 10 dias de licencia laboral, aunque no sean gemelos.
Se espera que esta nueva regulacion aumente los beneficios para los trabajadores varones, contribuyendo a fomentar el reparto de la responsabilidad de cuidar a los hijos en la familia.