El Gobierno acaba de emitir el Decreto No. 301/2026/ND-CP de 30 de julio de 2026 que modifica y complementa algunos artículos del Decreto No. 63/2024/ND-CP que regula la implementación de la interconexión electrónica de 2 grupos de procedimientos administrativos: Registro de nacimiento, registro de residencia permanente, emisión de tarjetas de seguro médico para niños menores de 6 años; registro de fallecimiento, eliminación del registro de residencia permanente, resolución de gastos de funeral y defunción.
El Decreto No. 301/2026/ND-CP modifica y complementa los principios de implementación del proceso de interconexión electrónica en la dirección de regular claramente los problemas para garantizar la seguridad en la implementación de la conexión y el intercambio de datos; regula los casos en que se produzcan fallas técnicas debido a la implementación de la interconexión electrónica.
Al mismo tiempo, se estipula la devolución inmediata de los resultados de la resolución de los procedimientos administrativos después de completar la resolución de cada procedimiento administrativo, sin esperar hasta el final de la resolución de todos los procedimientos en el proceso interconectado para devolver los resultados para garantizar la conveniencia para las personas y organizaciones.
Con respecto al procedimiento para resolver los expedientes de registro de residencia permanente en el párrafo 2 del Artículo 8 del Decreto No. 63/2024/ND-CP, se modifica de la siguiente manera:
Después de que el Sistema de Información para la Resolución de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Justicia transfiera la copia electrónica del Certificado de Nacimiento al Portal Nacional de Servicios Públicos, luego el Portal Nacional de Servicios Públicos separa y transfiere el expediente electrónico (incluido el formulario, la declaración que el solicitante ha declarado, la copia electrónica del Certificado de Nacimiento) al Sistema de Información de Gestión de Residencia para realizar el registro de residencia permanente.
La información de confirmación de consentimiento del cabeza de familia, el propietario legal de la vivienda, el padre, la madre o el tutor se realiza a través de la aplicación VNeID o a través del proceso profesional del sector policial.
Las notificaciones sobre la implementación del proceso de confirmación se envían a las cuentas de organizaciones e individuos en el Portal Nacional de Servicios Públicos o en la aplicación VNeID o se envían mensajes de texto automáticos del Portal Nacional de Servicios Públicos. El plazo de confirmación a través de la aplicación VNeID no supera los 5 días hábiles.
En caso de que el expediente sea completo y válido: Los oficiales de policía realizan las operaciones de registro de residencia permanente en el Sistema de Información de Gestión de Residencia del sector de la policía.
El tiempo para resolver el registro de residencia permanente no supera los 2 días hábiles a partir de la fecha de recepción del expediente electrónico para los casos de: Hijo regresa con padre, madre y padre, madre son cabeza de familia, y al mismo tiempo son propietarios legales de la vivienda; hijo regresa con padre, madre pero padre, madre no son propietarios legales de la vivienda.
Para otros casos que requieran verificación de acuerdo con las regulaciones de la Ley de Residencia, el plazo de resolución no debe exceder los 5 días hábiles a partir de la fecha de recepción del expediente electrónico, la información de confirmación a través de la aplicación VNeID.
En particular, el Decreto No. 301/2026/ND-CP ha añadido regulaciones sobre la emisión de tarjetas de identificación para niños menores de 6 años cuando el solicitante solicita la emisión de tarjetas de identificación para niños en el proceso de interconexión del grupo de procedimientos "Registro de nacimiento, registro de residencia permanente, emisión de tarjetas de seguro médico".
Entre ellas, las regulaciones sobre el orden y la forma de transferencia de datos electrónicos entre el Portal Nacional de Servicios Públicos, el Sistema de Coordinación para la Resolución de Procedimientos Administrativos, el Sistema de Información para la Resolución de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Justicia, el Sistema de Información de Gestión de Residencia y el Sistema de emisión, producción y gestión de tarjetas de identificación; tiempo para sincronizar datos, tiempo para responder al estado de recepción de expedientes entre sistemas para mejorar la eficiencia de la coordinación y el procesamiento de expedientes electrónicos interconectados; y la integración de la información del certificado de nacimiento, la tarjeta de seguro médico en la tarjeta de identificación y la cuenta de identificación electrónica de los niños de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre identidad.
Este Decreto entra en vigor a partir del 1 de septiembre de 2026.